Jgdo. L. de Lautaro

ANONIMIZADO

Rol

C-157-2023

Fecha

15 de mayo de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de autos y teniendo presente que la parte demandante no ha optado por la prosecución del procedimiento, atendido el lato tiempo transcurrido, se hace efectivo el apercibimiento decretado con fecha 21/04/2023, y conforme lo prescrito en el artículo 54-1 y siguientes, en relación al artículo 13 inciso 2°, todos de la Ley 19.968; en relación al Acta 98 de la Excma. Corte Suprema y Plan de Trabajo para Juzgados de Letras con competencia en Familia, SE RESUELVE: Se tiene por no presentada la demanda, y se ordena el archivo de estos antecedentes. Atendido el estado procesal de la presente causa, dese el hito dictación de sentencia: rechazada la...

Fallo

SE RESUELVE: Se tiene por no presentada la demanda, y se ordena el archivo de estos antecedentes. Atendido el estado procesal de la presente causa, dese el hito dictación de sentencia: rechazada la...

Texto Completo (Preview)

Lautaro, quince de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de autos y teniendo presente que la parte demandante no ha optado por la prosecución del procedimiento, atendido el lato tiempo transcurrido, se hace efectivo el apercibimiento decretado con fecha 21/04/2023, y conforme lo prescrito en el artículo 54-1 y siguientes, en relación al artículo 13 inciso 2°, todos de la Ley 19.96

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