C/ KEIBER DAVID SUAREZ VASQUEZ
Rol
O-377-2022
Fecha
15 de junio de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.433, 436 INC. 1:, 438 Y 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 30 de enero de 2022, a las 22:50 hrs aproximadamente, la victima de iniciales ADLQA transitaba por Av. Laguna Sur en la comuna de Pudahuel, y al llegar a la intersección con La Estrella, se le acerca el imputado Kieber Suarez Vasquez, el cual la intimida con un arma cortante y le sustrae el teléfono celular huawei modelo P 20 que portaba la víctima en sus manos, al oponer resistencia la víctima es empujada por el imputado cayendo al suelo, subiendo este al automóvil PPU RT 5477en el cual lo esperaban para darse a la fuga los imputados Maria Alejandra Trujillo Muñoz y William Jesús Suarez Mendoza, y al intentar esta impedir la huida es arrastrada por los imputados, los cuales se dan a la fuga, siendo detenidos posteriormente por carabineros. A raíz de lo anterior la victima resulto con lesiones de carácter leve consistentes en heridas tipo excoriación en ambas rodillas de 3 y 5 cms respectivamente Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia cuyo texto íntegro consta en registro de audio conforme Acta N° 40 de la Excma. Corte Suprema de fecha 14 de marzo de 2014 Código: XJXSXFTNSXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 Nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 68, 70, 436 inciso primero del Código Penal, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 259, 279, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos 1 y 34 bis de la Ley 20603, SE DECLARA: I.- Que se condena a KEIBER DAVID SUAREZ VASQUEZ, 14883812- 7, MARIA ALEJANDRA TRUJILLO MUÑOZ, 14883452-0 y WUILLIAM JESUS SUAREZ MENDOZA, 14883649-3; ya individualizados, como autores de un delito consumado de Robo con violencia a la pena de TRES AÑOSY UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 11 Nº 6 y 9, 14, 15, 18, 29, 68, 70, 436 inciso primero del Código Penal, artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 259, 279, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículos 1 y 34 bis de la Ley 20603, SE DECLARA: I.- Que se condena a KEIBER DAVID SUAREZ VASQUEZ, 14883812- 7, MARIA ALEJANDRA TRUJILLO MUÑOZ, 14883452-0 y WUILLIAM JESUS SUAREZ MENDOZA, 14883649-3; ya individualizados, como autores de un delito consumado de Robo con violencia a la pena de TRES AÑOSY UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; ordenándose además el comiso de las especies incautadas en esta investigación. II.- Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de la expulsión del territorio nacional, atendido lo expuesto por el representante del Ministerio del Interior, se concede plazo de 120 días para la materialización. En el tiempo intermedio encontrándose rematados deberán mantenerse en el recinto penal de cumplimiento que establezca Gendarmería de Chile hasta que se ejecute la expulsión. III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, se ordena que una vez ejecutoriada la sentencia se determine la huella genética del sentenciado, previa toma de muestras biológicas si
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Quince de junio de dos mil veintitrés. IMPUTADO KEIBER DAVID SUAREZ VASQUEZ, 14883812-7 MARIA ALEJANDRA TRUJILLO MUÑOZ, 14883452-0 WUILLIAM JESUS SUAREZ MENDOZA, 14883649-3 DELITO ROBO CON VIOLENVIA CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal.- RIT 377-2022 Hechos: El día 30 de enero de 2022, a las 22:50 hrs aproximadamen
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