GUILLERMO ALBERTO VENEGAS GÓMEZ C/ CÉSAR EDUARDO FLORES THALER
Rol
O-3972-2020
Fecha
9 de junio de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 6 de Mayo de 2020, aproximadamente a las 13:45 horas, el acusado CESAR EDUARDO FLORES THALER mantuvo en su poder y condujo el vehículo PPU HVZV-27, transitando en él por Pdte. Eduardo Frei Montalva desde las inmediaciones de la intersección con La Montaña, Quilicura, hasta las inmediaciones de la intersección de Monja Alférez con Marquez de Oviedo, San Miguel. El vehículo PPU HVZV-27, de propiedad de Sud Trade SPA, había sido sustraído por desconocidos entre la noche del día 5/5/20 y la madrugada del día 6/5/20, mediante un delito de robo en lugar no habitado cometido en las dependencias de dicha empresa ubicadas en El Juncal 90, Quilicura, y el acusado lo mantuvo en su poder y condujo conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo, toda vez que no lo había recibido de su dueño o tenedor legítimo, no mantenía antecedente alguno que justificara su tenencia legítima, y huyó en el vehículo de la presencia policial desde las inmediaciones de la intersección de Autopista Central con Av. Cardenal José María Caro hasta las inmediaciones de la intersección de Monja Alférez con Marquez de Oviedo, San Miguel, lugar donde abandonó el vehículo para intentar huir de carabineros a pie. SE DECLARA: I. Que se condena a CESAR EDUARDO FLORES THALER, ya individualizado (a), en calidad de autor (a), del delito de RECEPTACION DE VEHICULO, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 6 de mayo de 2020, en la comuna de Quilicura, a la pena de TRES AñOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, a la pago de una multa de UNA UTM, a las accesorias de de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de Código: YXXDXFHJVSV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y se le exime del pago de las costas de la causa. II. Que la pena de multa se le dará por cumplida con tres días de privación de
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CESAR EDUARDO FLORES THALER, ya individualizado (a), en calidad de autor (a), del delito de RECEPTACION DE VEHICULO, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 6 de mayo de 2020, en la comuna de Quilicura, a la pena de TRES AñOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, a la pago de una multa de UNA UTM, a las accesorias de de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de Código: YXXDXFHJVSV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y se le exime del pago de las costas de la causa. II. Que la pena de multa se le dará por cumplida con tres días de privación de libertad un día 6 y 7 de mayo de 2020, parcialmente y 12 y 13 de junio de 2020. III. Que la pena será cumplida en forma EFECTIVA, en razón de sus reprochables antecedentes, ya que no cumple requisitos para cumplir con una pena sustitutiva. Le servirá de abono el tiempo de arresto domiciliario total entre el 14 de junio de 2020 y el 9 de enero de 2022, un total de 574 días, menos un día de incumplimiento 573 días. IV. Que una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. V. Se dio orden de ingreso como rematado. DICTADA POR DOÑA MARIA VERONICA OROZCO LOBOS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO DE GARANTIA Sentencia ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmen
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: SANTIAGO, 9 DE JUNIO DE 2023 TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO : MARIA VERONICA OROZCO LOBOS RUC: 2000457884-9 RIT: 3972-2020 IMPUTADO: CESAR EDUARDO FLORES THALER C.I. 19.236.921-5 FECHA DE NAC. 07-05-1996 DIRECCION FRAY CAMILO HENRIQUEZ 506 DEPTO 303 COMUNA: COLINA DELITO RECEPTACION DE VEHICULO ARTICULO 45
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