CALDERÓN/REDBUS URBANO S.A.
Rol
O-4207-2021
Fecha
12 de enero de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 160 N°9, 162, 163, 167, 168, 169, 172, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara lo siguiente: I. Que se rechaza la demanda de despido indebido interpuesta por don HERNÁN ANDRÉS CALDERÓN PAREDERO en contra de RED BUS URBANO S.A. representada legalmente por don Hernán Berrios Gómez, por los
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO, Demanda: Que comparece HERNÁN ANDRÉS CALDERÓN PAREDERO, conductor, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos 1178, oficina 309, comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento aplicación general en contra de RED BUS URBANO S.A. representada legalmente por don Hernán Berrios Gómez, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Salto 4651 comuna de Huechuraba, Santiago. (…)
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 160 N°9, 162, 163, 167, 168, 169, 172, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara lo siguiente: I. Que se rechaza la demanda de despido indebido interpuesta por don HERNÁN ANDRÉS CALDERÓN PAREDERO en contra de RED BUS URBANO S.A. representada legalmente por don Hernán Berrios Gómez, por los fundamentos requeridos en el Considerando Octavo de la presente sentencia. II. Que se acoge parcialmente la demanda de cobro de prestaciones interpuesta por don HERNÁN ANDRÉS CALDERÓN PAREDERO en contra de RED BUS URBANO S.A. representada legalmente por don Hernán Berrios Gómez, que se condena a la demandada al pago de la siguiente prestación: a. La suma de $616.877 pesos, por concepto de feriado legal. III. Que se rechazan las demás prestaciones demandadas por la parte demandante. IV. Que no se condena en costas a la demandada, al no haber sido completamente vencida. V. Que la suma antes indicada devengará reajustes e intereses, conforme a lo dispuesto por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VI. Ejecutoriada que este la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario certifíquese dicha circunstancias y pase los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su ejecución Regístrese y hecho archívese. Dirigió y dictó don RAMON DANILO BARRIA CARCAMO, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsiona
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE CONTINUACION DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 10 de enero de 2022 RUC 21-4-0348247-9 RIT O-4207-2021 CARATULADO CALDERÓN/REDBUS URBANO S.A. MAGISTRADO RAMON DANILO BARRIA CARCAMO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Nicolás Rudisky Rosales/Marisol Aravena HORA DE INICIO 09:42 HORA DE TERMINO 15:45 SALA Virtual
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