2º Juzgado Civil de Valparaíso

SOTO/RIVERA

Rol

C-1506-2019

Fecha

1 de septiembre de 2020

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En el folio N 1, comparece do a Mariela del Carmen Soto Castro,° ñ labores, quien deduce demanda reivindicatoria en contra de do a Lucyñ Rivera Garc a, labores. í En el folio N 8, se notifica la demanda a la demandada.° En el folio N 11, se tuvo por contestada la demandada en rebeld a° í de la demandada. En el folio N 12, la demandante evac a el tr mite de la r plica.° ú á é En el folio N 14, se tiene por evacuada la d plica en rebeld a.° ú í En el folio N 22, se efect a el llamado de las partes a conciliaci n,° ú ó sin que se produzca un acuerdo, atendida la inasistencia de la demandada. En el folio N 23, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece do a Mariela del Carmen° ñ Soto Castro, labores, domiciliada en calle Tres N 76, Porvenir Bajo, Playa° Ancha, Valpara so, quien deduce demanda reivindicatoria en contra deí do a Lucy Rivera Garc a, labores, domiciliada en calle Cinco N 236,ñ í ° Poblaci n Eleuterio Ram rez, Playa Ancha, Valpara so.ó í í Se ala que, es due a del inmueble ubicado en calle Tres N 76, queñ ñ ° corresponde al lote 8, rol 50, manzana D, de la Poblaci n Eleuterioó Ram rez I, de la comuna de Valpara so, rol de aval o, 1500-51í í ú , individualizado en el plano agregado con el N 1430 en el Registro de° Documentos del a o 1980. Adquiri la propiedad por compraventa yñ ó tradici n efectuada a trav s de la inscripci n del t tulo de compraventa, aó é ó í fojas 2072 vuelta, n mero 3351, correspondiente al Registro de Propiedadú del a o 2013 del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so.ñ í í La propiedad ya individualizada cuenta con una superficie aproximada de 280 metros cuadrados y sus deslindes corresponden a los siguientes: Al norte, con lotes nueve y diez y parte lote once; Al sur, con lote siete; Al oriente, con lote quince; y Al poniente, con calle Tres. Por otro lado, es posible constatar que do a Lucy Rivera Garc añ í habita la propiedad colindante a la suya por el norte, correspondiente al lote n mero 10, rol 52 de la manzana D , seg n copia de inscripci n a suú “ ” ú ó nombre de compraventa, que rola, a fojas 4836 vuelta, n mero 5805,ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 1982 del Conservador deñ Bienes Ra ces de Valpara so.í í Esta acci n reivindicatoria, se funda en el hecho de que do a Lucyó ñ Rivera Garc a se encuentra en posesi n material de una parte de su terreno,í ó como consecuencia del desplazamiento del deslinde f sico existente entre elí lote 8 de su propiedad y el lote 10, consistente en un cerco de latas. Las paredes de talud de los terrenos mencionados se desmoronaron con el tiempo, socavando el mismo y provocando el desplazamiento del deslinde f sico en la parte que colinda con el predio de la demandada, loí que tuvo como consecuencia la disminuci n de su predio enó aproximadamente 9 metros de largo y entre 0.45 y 0.71 metros de ancho, tal como es posible constatar en informe de terreno que acompa a.ñ En este sentido, el desmoronamiento de su deslinde norte entre los lotes 8 y 10, le ha provocado una disminuci n total de 5.5 metrosó cuadrados de terreno en el desarrollo de la l nea del deslinde desde ponienteí a oriente. Si bien el desmoronamiento se alado ha sido provocado por causasñ naturales, ha intentado en diversas instancias conversar con la demandada, con el objetivo de rectificar el deslinde socavado, a fin de remover el cerco de latas y construir un muro que sea efectivamente concordante con el deslinde original. No obstante esto, y a pesar de su intenci n de asumiró todos los costos asociados a la construcci n del nuevo muro, la demandadaó se ha negado. Cabe se alar qu

Fallo

se resuelve determinando si la porci n deí ó terreno ocupada por la demandada invade parte de la heredad de la actora. La actora aport un informe pericial elaborado por don Atilio Felipeó Caorsi Riveros, arquitecto, perito judicial tasador. Sin embargo, el peritaje no incluye dentro de sus conclusiones un pronunciamiento sobre la titularidad del terreno en disputa. En cambio, entrega una opini n acercaó de la construcci n de un muro medianero y c mo debieran las partesó ó contribuir a asumir los costos. En ese sentido, indica: [e]s imperativo que“ se realice una adecuada contenci n de la ladera en el deslinde norte deló Lote n 8, en el tramo com n con el Lote n 9, mediante la ejecuci n de unº ú º ó muro de contenci n. Para ello ambos propietarios deben financiar yó permitir el acceso a trabajadores calificados que realicen esta obra. Adicionalmente se debe talar rbol que se encuentra en el Lote n 9 paraá º permitir una adecuada ejecuci n del muro de contenci n y finalmente seó ó debe rellenar con material estabilizante las diferencias de terreno que se hayan producido con el fin de evitar el colapso del cobertizo y radieres emplazados en el Lote n 8 . En consecuencia, el peritaje no es una pruebaº ” til para determinar a cu l de los dos litigantes le corresponde la titularidadú á del terreno ocupado por la demandada. Enseguida, la demandante acompa un ñó informe de terreno“ ” firmado por don Sebasti n Morales Rojas, arquitecto, de fecha 09 de eneroá de 2019. Este documento f

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1506-2019 CARATULADO : SOTO / RIVERA. MATERIA : REIVINDICACI N.Ó Valpara so, uno de septiembre de dos mil veinte.í VISTO: En el folio N 1, comparece do a Mariela del Carmen Soto Castro,° ñ labores, quien deduce demanda reivindicatoria en contra de do a Lucyñ Rivera Garc a, labores. í En el folio N 8, se not

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica