MINISTERIO PUBLICO C/ MARIO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS
Rol
O-52-2022
Fecha
12 de junio de 2023
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de agosto de 2020 personal de OS7 efectuaban diligenciamiento de órdenes de investigar en la comuna de Llay-Llay, observando que en un inmueble ubicado en calle 5 de abril que corresponde a una casa de color rojo y cerco de madera sin número a la vista, en su exterior permanecía estacionado un vehículo de color rojo, y hasta el domicilio llegó un individuo que tomó contacto con otro sujeto que se encontraba en el interior del inmueble, efectuando ambos una transacción de drogas donde el sujeto que llegó entregó dinero recibiendo a cambio unos envoltorios similares a los contenedores de drogas, retirándose el primer sujeto del lugar por diferentes pasajes no siendo posible ubicarlo, siendo las 15:08 horas se informan estos antecedentes al fiscal de turno don Andrés Gallardo Cerda, quien autorizó la técnica investigativa del agente revelador al funcionario de OS7 don Luis Muñoz Muñoz, quien concurrió al domicilio entrevistándose con un sujeto a quien le compró 2 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína, en la suma de $2.000 utilizando para ello los billetes series N° BB64259911 y EH80405281, droga que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva ante la presencia de Código: TKLKXFMYHXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 cocaína, siendo las 15:44 horas la Juez Titular doña Carla Rigotti Alcayaga autorizó el ingreso y registro al domicilio denunciado con la finalidad de incautar elementos destinados a la comisión del delito de tráfico de drogas, siendo las 16.40 horas personal de OS7 ingresó al domicilio no encontrando al sujeto que vendió la droga, encontrado al interior en un macetero 2 plantas de cannabis sativa, que medían 12 cm, sobre un mueble del living se encontró una pesa digital de color gris sin marca ni modelo, además de un banano de color gris con 38 envoltorios de marihuana elaborada, peso bruto de 36 gramos, en una cajonera se encontró 2 cartuchos c
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Con fecha seis de junio del presente año, ante la Sala del tribunal Oral en lo Penal, constituido por su Magistrados Titulares Alejandra Araya Fuentes, como presidente de Sala, Rodrigo Cortés Gutiérrez, como integrante, y Paola Hidalgo Benavente, como redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral seguida en contra de MARIO ANTONIO GONZÁLEZ ROJAS, cédula de identidad N° 16.402.192-0, nacido el 18 de abril del año 1986 en Llay-Llay, 37 años de edad, trabaja en construcción, soltero, domiciliado en San Jesús, S/N, comuna de Llay-Llay. Sostuvo la acusación, el Fiscal Julio Palacios Bobadilla, en tanto que la Defensa de Carvajal Leiva estuvo a cargo del Defensor Privado Bernardino Escudero Ahumada; ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Los Hechos: El día 12 de agosto de 2020 personal de OS7 efectuaban diligenciamiento de órdenes de investigar en la comuna de Llay-Llay, observando que en un inmueble ubicado en calle 5 de abril que corresponde a una casa de color rojo y cerco de madera sin número a la vista, en su exterior permanecía estacionado un vehículo de color rojo, y hasta el domicilio llegó un individuo que tomó contacto con otro sujeto que se encontraba en el interior del inmueble, efectuando ambos una transacción de drogas donde el sujeto que llegó entregó dinero recibiendo a cambio unos envoltorios similares a los contenedores de drogas, retirándose el primer sujeto del lugar por diferentes pasajes no siendo posible ubicarlo, siendo las 15:08 horas se informan estos antecedentes al fiscal de turno don Andrés Gallardo Cerda, quien autorizó la técnica investigativa del agente revelador al funcionario de OS7 don Luis Muñoz Muñoz, quien concurrió al domicilio entrevistándose con un sujeto a quien le compró 2 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína, en la suma de $2.000 utilizando para ello los billetes series N° BB64259911 y EH80405281, droga que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva ante la presencia de Código: TKLKXFMYHXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 cocaína, siendo las 15:44 horas la Juez Titular doña Carla Rigotti Alcayaga autorizó el ingreso y registro al domicilio denunciado con la finalidad de incautar elementos destinados a la comisión del delito de tráfico de drogas, siendo las 16.40 horas personal de OS7 ingresó al domicilio no encontrando al sujeto que vendió la droga, encontrado al interior en un macetero 2 plantas de cannabis sativa, que medían 12 cm, sobre un mueble del living se encontró una pesa digital de color gris sin marca ni modelo, además de un banano de color gris con 38 envoltorios de marihuana elaborada, peso bruto de 36 gramos, en una cajonera se encontró 2 cartuchos calibre 12 mm, al interior de un closet de se encontró una bolsa de nylon color negro contenedora de marihuana elaborada, peso bruto de 54 gramos, y
Fallo
por tanto – prohibidos, acreditándose así el delito por el que se decidió condenar. DECIMOTERCERO: Participación. Con la prueba de cargo, especialmente con la testimonial, otros medios, evidencia material y diversa documental, aunados a la propia declaración del encausado, e acredita, más allá de toda duda razonable, que Mario Antonio González Rojas, participó en la comisión de estos ilícitos en calidad de autor del N° 1 del artículo 15 del Código Penal, al haber tomado parte en su ejecución de manera inmediata y directa, transfiriendo, Código: TKLKXFMYHXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 25 portando y poseyendo pasta base de cocaína y cannabis sativa y manteniendo en su domicilio veintisiete cartuchos de escopeta calibre 12 mm sin percutor, que estaban aptos para el disparo y respecto de los cuales no tenía permiso para haberlos adquirido. DECIMOCUARTO: En cuanto a la atenuante de colaboración sustancial, prevista en el artículo 11 N°9 del Código Penal. Habiendo sido alegada por la Defensa desde los inicios de esta audiencia y habiéndose pronunciado el Tribunal en el veredicto respecto de su concurrencia, corresponde hacerse cargo de ella. Así, estiman estos sentenciadores que el encausado González Rojas colaboró sustancialmente con el esclarecimiento de los hechos, ya que prestó declaración en los inicios de este juicio, aún antes de conocer la prueba de cargo, reconociendo los hechos y su participació
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1 CARÁTULA: MINISTERIO PÚBLICO/GONZÁLEZ ROJAS MARIO ANTONIO. DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGAS Y TENENCIA ILEGAL DE CARTUCHOS. DECISION: CONDENA RUC: 2000822212-7 RIT: 52-2022. San Felipe, doce de junio del año dos mil veintitrés. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Con fecha seis de junio del presente año, ante la Sala del tribunal Oral en lo Penal, constituido por su Magis
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