Juzgado de Garantía de Diego de Almagro.

MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO IGNACIO RAMÍREZ FLORES

Rol

O-544-2022

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El 1 de octubre de 2022, a las 05:45 horas aproximadamente, mientras los funcionarios de carabineros suboficial Pablo Ascencio Cárcamo y el cabo 2do. Juan Mancilla Rebolledo, a la altura del BC 6, sector estacionamientos, El Salvador, procedieron a fiscalizar al requerido Pablo Ignacio Ramírez Flores, este sin mediar provocación alguna, se acercó al cabo 2do. Juan Mancilla Rebolledo, lo insultó y amenazó, expresando “ te voy a matar paco culiao, te le juro, te voy a matar hijo de perra, se donde vivi paco culiao; a onde te pille te voy a sacar la conchetumare y si no, voy a ir a tu casa pa sacarte la chucha" ( sic), amenazas que provocaron en la víctimas, en atención a las circunstancias y contenido de las mismas, el serio y cierto temor de que los requeridos, las lleguen a concretarlas.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de delito de amenazas a carabineros, contemplado y penado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, atribuyéndole, participación criminal a título de autor y en grado de desarrollo de consumado. Se indica que perjudica al requerido la circunstancia agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal, sin que concurran minorantes. El Ministerio Público solicitó la imposición de una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, con costas. SEGUNDO: Que, en audiencias de fechas 22 de febrero y 12 de abril de 2023, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, se procedió a la preparación en esa última fecha y el juicio efectivo se llevó a cabo el día 7 de junio de 2023, con la comparecencia ininterrumpida del Fiscal Adjunto de Diego de Almagro, don Fernando Pino; de la defensora penal pública doña Aileen Kenett; y del imputado Pablo Ignacio Ramírez Flores. Código: JXVBXFFGXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Que, en su alegato de apert

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Diego de Almagro, el fiscal adjunto de la misma comuna, don Fernando Pino Molina, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Pablo Ignacio Ramírez Flores, cédula de identidad N° 20.782.449-6, chileno, soltero, sin oficio, mayor de edad, con domicilio en Calle Chuquicamata N° 1907, El Salvador, comuna de Diego de Almagro. Funda su requerimiento en los siguientes hechos: “El 1 de octubre de 2022, a las 05:45 horas aproximadamente, mientras los funcionarios de carabineros suboficial Pablo Ascencio Cárcamo y el cabo 2do. Juan Mancilla Rebolledo, a la altura del BC 6, sector estacionamientos, El Salvador, procedieron a fiscalizar al requerido Pablo Ignacio Ramírez Flores, este sin mediar provocación alguna, se acercó al cabo 2do. Juan Mancilla Rebolledo, lo insultó y amenazó, expresando “ te voy a matar paco culiao, te le juro, te voy a matar hijo de perra, se donde vivi paco culiao; a onde te pille te voy a sacar la conchetumare y si no, voy a ir a tu casa pa sacarte la chucha" ( sic), amenazas que provocaron en la víctimas, en atención a las circunstancias y contenido de las mismas, el serio y cierto temor de que los requeridos, las lleguen a concretarlas.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de delito de amenazas a carabineros, contemplado y penado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, atribuyéndole, participación criminal a título de autor y en grado de desarrollo de consumado. Se indica que perjudica al requerido la circunstancia agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal, sin que concurran minorantes. El Ministerio Público solicitó la imposición de una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, con costas. SEGUNDO: Que, en audiencias de fechas 22 de febrero y 12 de abril de 2023, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, se procedió a la preparación en esa última fecha y el juicio efectivo se llevó a cabo el día 7 de junio de 2023, con la comparecencia ininterrumpida del Fiscal Adjunto de Diego de Almagro, don Fernando Pino; de la defensora penal pública doña Aileen Kenett; y del imputado Pablo Ignacio Ramírez Flores. Código: JXVBXFFGXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el representante del MINISTERIO PÚBLICO sostuvo que acreditará más allá de toda duda razonable que el 1 de octubre de 2022 personal policial intentó realizar control de identidad al imputado, quien registraba un extracto extenso, y los amenazó. Agrega que las declaraciones prestadas por Juan Mancilla Rebolledo y Pablo Ascencio Cárcamo, darán cuenta del contenido de las pablaras y el contexto de temor, dados eventos recientes de atentados a Carabineros, lo que hace verosímil la amenaza, considerando –además- la pequeña extensión del poblado

Fallo

por tanto- plausible que la expresión proferida responda a la exaltación del momento. Sin perjuicio de lo anterior, con los elementos allegados al proceso tampoco fue probado el requisito de verosimilitud que exige el tipo penal. Para acreditarlo fiscalía presenta la declaración de la víctima y la circunstancia del ingreso a la Escuela de Suboficiales en Antofagasta en diciembre de 2022, situación conocida sólo a través de sus dichos. Que si bien se pudo establecer que el imputado habría manifestado a la víctima conocer su domicilio, lo cierto es que invariablemente los deponentes (Mancilla Rebolledo, Astudillo Órdenes) han hecho referencia a las pequeñas dimensiones de la localidad de El Salvador lo que determina que los habitantes del pueblo se conozcan entre sí. Luego, esta circunstancia no resulta idónea para provocar fundado temor respecto a la concreción del mal, al ser algo inherente a las características del lugar de ejercicio de funciones del Carabinero. Que respecto a la postulación a la Escuela de Suboficiales en Antofagasta, faltan elementos de convicción para concluir que obedezca al crédito que el sujeto conminado dio a las amenazas recibidas. En primer lugar, porque sólo se conoce el traslado y su fecha (diciembre 2022) a través de sus dichos, no existiendo elementos que lo corroboren y permitan conectarlo, a lo menos temporalmente, con los hechos materia del requerimiento. En segundo lugar, la propia víctima reconoce que el ingreso a la Escuela de Subofici

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1 Diego de Almagro, doce de junio de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Diego de Almagro, el fiscal adjunto de la misma comuna, don Fernando Pino Molina, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Pablo Ignacio Ramírez Flores, cédula de identidad N° 20.782.449-6, chileno, soltero, sin oficio, mayor de edad, con domi

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