Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curico.

PEDRO PABLO ORELLANA CORTES C/ CARLOS FELIPE FERRADA HENRÍQUEZ

Rol

O-17-2023

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: El día siete de junio de dos mil veintitrés ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, presidida por el Magistrado Rodrigo Gómez Marambio e integrada por las juezas Amelia Avendaño González y Jimena Orellana Fuenzalida, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de CARLOS FELIPE FERRADA HENRIQUEZ, cédula nacional de identidad N° 19.998.020-3, nacido en Curicó el 16 de septiembre de 1998, 24 años, operario de horquilla, soltero, domiciliado en Población don Sebastián, pasaje Estero Limanque 020 de la comuna de Teno. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, de Curicó representado por la fiscala Marcela Rocha Mellado. La defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública Licitada Patricia Esteban Torres.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo al auto de apertura de juicio oral, la acusación fiscal versa sobre las siguientes circunstancias y hechos: El día 25 de noviembre del año 2021, siendo aproximadamente las 02:00 horas, el acusado CARLOS FELIPE FERRADA HENRÍQUEZ, conducía en manifiesto estado de ebriedad, el vehículo, marca Toyota, modelo tercer, año 1997, color celeste, PPU RL-3174 por calle Lonquimay de la comuna de Teno, zigzagueando por la calzada, motivo por el cual en la intersección de la esquina paso Villarrica, fue fiscalizado por personal policial que realizaba patrullaje preventivo, el cual los antecedía en la vía, percatándose personal policial que éste se encontraba en manifiesto estado de ebriedad, motivo por el cual fue trasladado hasta la unidad para realizarle la prueba respiratoria INTOXILYZER la cual dio como resultado 2.06 gramos por mil de alcohol en la sangre y se desempeñaba en la conducción sin licencia de conducir, verificándose según hoja de vida de conductor emanada del servicio de registro civil e identificación que no obtenido licencia de conducir para este tipo de vehículo. Por tal motivo el acusado fue detenido y trasladado al Hospital de Teno a constatar lesiones y realizar el examen de alcoholemia respectivo, el que analizado por el Servicio Código: YXFPXFXWXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Médico Legal de Talca arrojo una dosificación de 2,52 gramos de alcohol por litro de sangre. Calificación Jurídica y Participación Criminal: Los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, descrito en el artículo 110 y sancionado en el artículo 196 y artículo 209 inciso 2 de la ley 18.290 (tránsito) , en grado de consumado, cabiéndole al acusado participación en calidad de autor en la ejecución de los delitos mencionados de conformidad a lo establecido en el artículo 15 n° 1 del código penal. Pena Solicitada: Conforme lo dispuesto en los artículos 7, 15 Nº 1, 30 y 50 del Código Penal y artículo 110 y sancionado en el artículo 196 y artículo 209 inciso 2 de la ley 18.290 (tránsito) el Ministerio Público solicita se condene al acusado CARLOS FELIPE FERRADA HENRÍQUEZ, a la pena de 3 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO multa de 10 UTM las accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y la suspensión de su licencia de conducir por 5 años como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. De igual manera solicita se condene al acusado al pago de las costas de la causa de acuerdo a lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal En su alegato de apertura la Fiscala indica que con la prueba testimonial y documental, independiente del acuerdo previo, logrará acreditar los hechos de la acusación. En su alegato de clausura indicó que estima que con l

Fallo

fallo se encuadran dentro de la figura penal de manejo en estado de ebriedad con la circunstancia de hacerlo sin haber obtenido licencia de conducir clase B. Por su parte, la participación del acusado en calidad de autor en los hechos establecidos por este Código: YXFPXFXWXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 Tribunal, se encuentran acreditados, con los medios de prueba referidos en forma precedente, así como con el acuerdo previo de aceptación de hechos por parte de éste. Por tales razones y apreciando libremente la prueba, pero sin contradecir las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, estos sentenciadores estiman que se encuentra acreditado que Felipe Ferrada en horas de la madrugada del 25 de Noviembre de 2021 conducía, en manifiesto estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir clase B un vehículo Toyota PPU RL 3174, en el que se desplazaba por calle Lonquimay de la comuna de Teno, circunstancias en que fue visto zigzagueando por la vía por personal de Carabineros que se encontraban en patrullaje, por lo que procedieron a controlarlo, percatándose que lo hacía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir clase B. Los mismos funcionarios lo sometieron a la prueba de Intoxilyzer la que arrojó un dosificación de 2,06 gramos por mil y luego en el Hospital de Teno se sometió a extracción de muestra de sangre para la respectiva al

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1 CONTRA: CARLOS FELIPE FERRADA HENRIQUEZ. (CONDENADO) DELITOS: MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD Y CON LA CIRCUNSTANCIA DE HACERLO SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR CORRESPONDIENTE. R.I.T.: N° 17-2023. R.U.C. N° 2101076674-2. Curicó, doce de junio de dos mil veintitrés. VISTO: El día siete de junio de dos mil veintitrés ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, p

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