ARIZTÍA/
Rol
V-115-2020
Fecha
31 de agosto de 2020
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece do a MAR A CECILIA ARIZT A DE CASTRO,ñ Í Í chilena, casada y separada de bienes, agricultora, c dula de identidad Né ° 7.010.600-0, domiciliada en Santiago, en Camino los Pastores N 4429,° comuna de Lo Barnechea, quien se ala que en en la actualidad, esñ propietaria del 75% de los derechos sociales de la sociedad Inversiones Francec Limitada, Rol nico Tributario N 78.955.870-1.Ú ° La referida sociedad, en adelante tambi n "la Sociedad", seé constituy por escritura p blica, otorgada con fecha 12 de noviembre deó ú 1996, en la Notar a de Santiago de don Pedro Ricardo Revecoí Hormaz bal, denomin ndose "Inversiones y Asesor as Profesionales Francecá á í Limitada". Un extracto de dicha escritura se inscribi a Fs. 30.899, N 24.069ó ° del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí del a o 1996, y se public en el Diario Oficial de fecha 9 de diciembre delñ ó mismo a o. La sociedad ha experimentado varias modificaciones,ñ denomin ndose actualmente Inversiones Francec Limitada.á Se ala que tiene la intenci n de donar irrevocablemente por merañ ó liberalidad, el 25% de los derechos sociales de la sociedad Inversiones Francec Limitada, avaluados en total en $ 385.896.505 seg n el capitalú propio tributario de la Sociedad, a todos sus hijos en la forma que sigue: a. Un 5% de los derechos sociales a do a Mar a Cecilia Correañ í Arizt a, chilena, soltera, licenciada en historia, c dula de identidadí é N 16.608.927-1, domiciliada en Santiago, Camino los Pastores N 4429,° ” comuna de Lo Barnechea. b. Un 5% de los derechos sociales a do a Mar a Ignacia Correañ í Arizt a, chilena, casada y separada de bienes, licenciada en arte, c dula deí é identidad N 17.401.911-8, domiciliada en Santiago, en calle Las° Hortensias N 2876, departamento N 701, comuna de Providencia.° ° c. Un 5% de los derechos sociales a don Francisco Javier Correa Arizt a, chileno, soltero, ingeniero comercial, c dula de identidadí é ^17.703.131- 3, domiciliado en Santiago,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Mar a Cecilia Arizt a De Castro solicita se autoriceí í la donaci n de el 25% de los derechos sociales que posee la donante en laó sociedad Inversiones Francec Limitada, avaluados en total en $ 385.896.505 seg n el capital propio tributario de la Sociedad, a todos sus hijos.ú SEGUNDO: Que el bien que se pretende a donar y la forma es la siguiente: El 25% de los derechos sociales que posee la donante en la sociedad Inversiones Francec Limitada, avaluados en total en $ 385.896.505 seg n elú capital propio tributario de la Sociedad, a todos sus hijos en la forma que sigue. a. Un 5% de los derechos sociales en la sociedad Inversiones Francec Limitada a do a Mar a Cecilia Correa Arizt a.ñ í í b. Un 5% de los derechos sociales en la sociedad Inversiones Francec Limitada a do a Mar a Ignacia Correa Arizt a.ñ í í c. Un 5% de los derechos sociales en la sociedad Inversiones Francec Limitada a don Francisco Javier Correa Arizt a.í d. Un 5% de los derechos sociales en la sociedad Inversiones Francec Limitada a don Jos Luis Correa Arizt a,.é í e. Un 5% de los derechos sociales en la sociedad Inversiones Francec Limitada a don Nicol s Correa Arizt a chileno.á í TERCERO: Que el art culo 1386 del C digo Civil, establece Laí ó “ donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita eó irrevocablemente una parte de sus bienes a otra, que la acepta .” CUARTO: Que a su vez el art culo 1401 del mismo cuerpo legal, refiereí que La donaci n entre vivos que no se insinuare, s lo tendr efecto hasta“ ó ó á el valor de dos centavos y ser nula en el exceso .á ” QUINTO: Que los requisitos de la insinuaci n se encuentranó establecidos en el art culo 889 del C digo de Procedimiento Civil.í ó SEXTO: Que se trata en la especie de una donaci n de madre aó hijos, con lo cual se cumple la exigencia de estar plenamente identificadas. S PTIMO: Que en relaci n con el segundo requisito. La interesadaÉ ó ha detallado convenientemente los derechos sociales que se donar .á OCTAVO: Que se ha expresado la causa de la donaci n, la cual seó realiza por mera liberalidad pero con un objeto muy preciso cual es cumplir con las exigencias que la Ley N 16.271° NX NOVENO: Que as lo ha considerado tambi n el Servicio deí é Impuestos Internos en su informe agregando que se encontrar an pagadosí los impuestos. D CIMO: Que respecto del ltimo requisito que es concordante conÉ ú lo expresado en el art culo 1408 del C digo Civil, que en este caso debeí ó entenderse hecha al mantenimiento de bienes necesarios para continuar su existencia por la donante, lo cual sin embargo, pese a no estar acreditado, se tendr por cierto.á D CIMO PRIMERO : Que por tales razones se dar lugar a loÉ á pedido. En consecuencia y visto lo dispuesto en los art culos 1386, 1401 yí 1408 del C digo Civil, y art culo 889 y siguientes del C digo Civil, ó í ó se concede la autorizaci n para donar los derechos sociales en la formaó se alada en el considerando segundo.ñ Reg strese, des
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-115-2020 CARATULADO : ARIZT A/Í Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veinte Vistos: Comparece do a MAR A CECILIA ARIZT A DE CASTRO,ñ Í Í chilena, casada y separada de bienes, agricultora, c dula de identidad Né ° 7.010.600-0, domiciliada en Santiago, en Camino los Pastores N 4429,° comuna de Lo Barnechea,
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