1º Juzgado de Letras de la Serena

COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO/

Rol

V-45-2020

Fecha

31 de agosto de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

FOJA: 13 .-trece.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-45-2020 CARATULADO : COMPA A MINERA SAN GER NIMO/ÑÍ Ó La Serena, treinta y uno de agosto de dos mil veinte. V I S T O S: 1º.- Que con fecha 28 de febrero de 2020, folio 1, don Luis Fernando Pasten Binvignat, chileno, casado, ingeniero civil de minas, cédula de identidad N° 9.782.494-0, en representación de COMPAÑÍA MINERA SAN GERÓNIMO, sociedad contractual minera, chilena, del giro de su denominación Rut N° 78.801.520-8, con domicilio en Quebrada de Marquesa S/N°, comuna de Vicuña y para estos efectos ambos domiciliados en Avenida Talca N° 101, Barrio Industrial Alto Peñuelas, Coquimbo, solicitó la concesión de exploración denominada “CONDOR 49”, con una superficie total de 200 hectáreas. 2°.- Que con fecha 06 de marzo de 2020, se inscribió el pedimento a fojas 105, Nº 45, Repertorio fojas 146 N° 273 del Registro de Descubrimientos de Minas de La Serena, año 2020. 3º.- Que con fecha 25 de marzo de 2020, se publicó el pedimento en el Diario Oficial, Boletín Oficial de Minería. 4°.- Que con fecha 20 de mayo de 2020, el peticionario solicitó que se dictara sentencia constitutiva en estos autos, indicando que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices de la concesión de exploración son las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.714.400,00 321.500,00 V1 6.715.400,00 321.000,00 V2 6.715.400,00 322.000,00 V3 6.713.400,00 322.000,00 1 V4 6.713.400,00 321.000,00 5°.- Que mediante ORD Nº 1949, de fecha 26 de agosto de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano del referido pedimento, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de dicho pedimento, se ajustan a la ley y está comprendida dentro del terreno pedido.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que no existen ilegalidades o faltas sobre las que este Tribunal debe pronunciarse, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería. SEGUNDO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas en tiempo y forma. CUARTO: Que conforme lo dispuesto en los artículos 57, 86 y 87 del Código de Minería, existiendo Informe Técnico favorable y no habiéndose deducido oposición, procede declarar constituida la concesión de exploración solicitada. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 56, 57, 86 y 87 del Código de Minería y 817, del Código de Procedimiento Civil, SE APRUEBA EL PLANO Y

Fallo

SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESION DE EXPLORACION DENOMINADA “CONDOR 49”, Rol Nacional 04101-2235-9, con una superficie de 200 hectáreas, ubicada en la comuna de La Higuera, Provincia de Elqui, Cuarta Región Coquimbo, a favor de COMPAÑÍA MINERA SAN GERONIMO, representada por don Luis Fernando Pasten Binvignat, ambos ya individualizados en autos. Inscríbase copia autorizada de la presente sentencia en el Conservador de Minas de esta ciudad y archívese copia del plano correspondiente. 2 Remítase el original del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería, conjuntamente con copia autorizada de la presente resolución. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol V- 45-2020. Dictada por doña INGRID MARLENE EBNER ROJAS, Jueza Suplente del Primer Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, treinta y uno de agosto de dos mil veinte 3 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos

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FOJA: 13 .-trece.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-45-2020 CARATULADO : COMPA A MINERA SAN GER NIMO/ÑÍ Ó La Serena, treinta y uno de agosto de dos mil veinte. V I S T O S: 1º.- Que con fecha 28 de febrero de 2020, folio 1, don Luis Fernando Pasten Binvignat, chileno, casado, ingeniero civil de minas, cédula de identidad N° 9.782.494-0, en

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