Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

FEHRENBERG CON TRANSPORTES DOMADES SPA

Rol

O-631-2019

Fecha

7 de enero de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Semana corrida

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ALEX FRANK FEHRENBERG SÁNCHEZ, conductor, domiciliado en 10 Norte 817, deduce demanda de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de TRANSPORTES DOMADES SPA, sociedad del giro de su denominación, representada por HEINZ HUAIQUIL HERNÁNDEZ, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Almirante Señoret N° 151, oficina 50, Valparaíso, solicitando al tribunal acogerla y declarar que: 1. - Existió un contrato de trabajo entre las partes, entre las fechas detalladas en el cuerpo de la demanda. 2. - La demandada le despidió de manera verbal, sin indicar causa legal para ello. 3. - Como consecuencia de la declaración 2 anterior, se hace lugar a la demanda de despido injustificado. 4. - Como consecuencia de la declaración 3 anterior, que se condena a la demandada a pagar las indemnizaciones sustitutiva de aviso previo y por años de servicio, debidamente recargada esta última. 5. - Que se declare que el despido es nulo o inválido en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo. 6. - Como consecuencia de la declaración 5 anterior, se condena a la demandada a pagar todas las remuneraciones y demás prestaciones que correspondan entre la fecha del despido y la fecha en que éste sea convalidado de conformidad a la ley. 7. - Que se condena a pagar las remuneraciones adeudas, por semana corrida y tiempo de espera adeudadas, conforme a las cantidades de dineros que se detalla en el cuerpo de la demanda. 8. - Que se condena a la demandada a pagar feriado anual y proporcional adeudados, conforme a las cantidades de dineros que se detallan en el cuerpo de la demanda. 9. - Se condena a la demandada a pagar reajustes e intereses correspondientes, las costas de la causa. 10. - En subsidio se condene por los rubros, montos, y responsabilidades que se estime prudente en justicia determinar, por las responsabilidades que estime pertinente, por los períodos que estime correspondiente, con las razones de hecho y fundamentos que estimare procedente como conocedor del Derecho. SEGUNDO: Que, como fundamentos de la acción interpuesta, el actor sostuvo: 1. - Ingresa a prestar servicios para la demandada el 4 de julio de 2016 como conductor de transporte de carga terrestre interubana. Por razones que ignora sin perjuicio de que la relación de carácter laboral habida con la demandada es incontrovertible, toda vez que suscribió mensualmente liquidaciones de sueldo, la demandada incurrió en pago de cotizaciones previsionales en algunos periodos, y el reconocimiento expreso de la demandada en la instancia administrativa, nunca cumplió con su obligación de escriturar contrato de trabajo. 2. - En cuanto a la remuneración, esta estaba compuesta por sueldo base de $300.000.-, una gratificación mensual y convencional por $75.000.-, comisiones por fletes, calculadas en relación al valor percibido por la demandada, con un promedio mensual de $332.569.-, remuneraciones del artículo 45 del Código del Trabaj

Fallo

se declara: I.- Que, entre las partes de este juicio existió una relación laboral por la que el actor se desempeñó en calidad de trabajador para el demandado entre el 1 de diciembre de 2016 y el 26 de diciembre de 2018, fecha en la que fue despedido sin cumplimiento de formalidades legales previstas en el artículo 162 del estatuto del trabajo. II.- Que, se acoge la demanda de despido injustificado dada que la separación del demandante, ocurrida el 26 de diciembre de 2018, por informal, resulta incausada, debiendo el demandado pagar al actor: a.- Indemnización sustitutiva de aviso previo: $887.283.- b.- Indemnización por años de servicio: $1.774.566.- c.- Recargo legal de 50% sobre la indemnización por años de servicio: $887.283.- III.- Que, se hace lugar a la demanda de cobro de prestaciones, por lo que se condena al demandado pagar al actor: a.- $1.301.347 a título de indemnización compensatoria de feriado anual y proporcional por todo el tiempo servido. b.- SEMANA CORRIDA: Diciembre de 2016: $109.760.- Enero de 2017: $91.560.- Febrero de 2017: $60.560.- Marzo de 2017: $128.560.- Abril de 2017: $116.220.- Mayo de 2017: $73.120.- Julio de 2017: $52.040.- Noviembre de 2017: $31.050.- Enero de 2018: $89.878.- Febrero de 2018: $89.878.- Abril de 2018: $89.878.- Mayo de 2018: $71.233.- Noviembre de 2018: $31.935.- Diciembre de 2018: $31.935.- c.- REMUNERACIONES POR TIEMPO DE ESPERA: Diciembre de 2016: $198.000.- Enero de 2017: $198.000.- Febrero de 2017: $198.000.- Marzo de 201

Texto Completo (Preview)

Valparaíso, siete de enero de dos mil veintidós. VISTO OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ALEX FRANK FEHRENBERG SÁNCHEZ, conductor, domiciliado en 10 Norte 817, deduce demanda de despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de TRANSPORTES DOMADES SPA, sociedad del giro de su denominación, representada por HEINZ HUAIQUIL HERNÁNDEZ, ignora profesión u oficio, ambos d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica