Juzgado de Garantía de Coquimbo.

NORMAN CRISTIAN CORTÉS BRAVO C/ ÁLVARO FRANCISCO CEREZO RIVERA

Rol

O-1414-2023

Fecha

6 de junio de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 05 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 17:17 horas, el imputado Alvaro Francisco Cerezo Rivera, ya individualizado, fue sorprendido por personal de carabineros de Chile, en calle Los Cosarios intersección calle Los Estanques, Coquimbo, conduciendo en estado de ebriedad, el vehículo marca Hyundai, modelo Accent RB, color rojo burdeo, Placa patente única FZCV-57, conforme lo estableció personal aprehensor por su intemperancia alcohólica, hálito alcohólico, rostro congestionado e inestabilidad al caminar, estado confirmado por el examen de alcoholemia a que se sometió el día antes mencionado y que arrojó un resultado de 0,85 gramos por mil de alcohol en la sangre.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. COQUIMBO, seis de junio de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 21, 30, 49, 50, 70 del Código Penal, artículos 110 y 196 de la Ley 18.290, artículos, 4, 37, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 4 y 5 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ALVARO FRANCISCO CEREZO RIVERA, cédula de identidad N° 0017515199-0, a las penas de: 300 DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, perpetrado en Coquimbo el 05 de diciembre de 2022. Que reuniéndose en las especie los requisitos del artículo del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de La Serena por el lapso de un año, debiendo cumplir además, durante dicho período, con las condiciones establecidas en el art. 5 de la Ley 18.216. El sentenciado deberá presentarse a dicho Centro dentro del plazo de cinco días, contados desde que esta sentencia estuviere firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de revocarse la pena sustitutiva. En el evento que el sentenciado no de cumplimiento a la pena sustitutiva impuesta, será intensificada o dejada sin efecto, y en caso de cumplimiento efectivo de la pena inicial se tendrá en cuenta que no registra abo

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 05 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 17:17 horas, el imputado Alvaro Francisco Cerezo Rivera, ya individualizado, fue sorprendido por personal de carabineros de Chile, en calle Los Cosarios intersección calle Los Estanques, Coquimbo, conduciendo en estado de ebriedad, el vehículo marca Hyundai, modelo Accent RB, color rojo burdeo, Placa patente única FZCV-57, conforme

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica