C/ SEBASTIÁN ANDRÉS QUIROZ GONZÁLEZ
Rol
O-52-2023
Fecha
6 de junio de 2023
Materia
APREMIOS ILEGÍTIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El 21 de mayo de 2018, el adolescente Patricio Antonio Alvarado Meza, nacido el 24 de diciembre de 2002, de 14 años de edad al momento de los hechos, alrededor de las 16:30 horas aproximadamente, se encontraba en la Plaza Arturo Prat de la comuna de Quilpué, junto a unos amigos, todos también menores de edad. En este contexto fueron objeto de un control de identidad por parte de personal policial, siendo detenida la víctima por el delito previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal y Código: XKNDXFHXPBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de trasladado a la 2ª Comisaría de Carabineros de Quilpué, dónde quedó a cargo del acusado, el cabo 1° Sebastián Andrés Quiroz González”. Encontrándose en el interior de la comisaría, la víctima solicitó ir al baño de los calabozos, lugar dónde el acusado lo agredió con golpes de pies y puños en la cabeza y distintas partes del cuerpo. Producto de lo anterior, la víctima resultó con lesiones consistentes en “contusión nasal, aumento parietal izquierdo, equimosis en región interna del muslo izquierdo, eritemas lineales en ambas muñecas, sangramiento de nariz y boca”, de carácter leve” (sic). Los hechos antes descritos, a juicio del Ministerio Público, configurarían el delito de apremios ilegítimos, tipificado en el artículo D del Código Penal, en grado de desarrollo consumado y en el que le cabría al acusado responsabilidad penal en calidad de autor, conforme con lo dispuesto en el artículo N° del Código Penal, concurriendo la atenuante prevista en el artículo N° 6 del Código Punitivo, sin agravantes. El Ministerio Público solicitó se imponga al acusado la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, accesoria del artículo 30 (sic) del mismo cuerpo legal, y el pago de las costas de la causa. A su turno, la querellante Instituto Nacional
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha uno de junio de dos mil veintitrés, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por la juez presidente de sala doña Claudia Ortiz Leiva, y por los jueces doña Marcela Nash Álvarez y don Fernán Rioseco Pinochet, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral RUC - , RIT - , seguida en contra de SEBASTIÁN ANDRÉS QUIROZ GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad N° 6.6 .7 8-8, nacido el 26 de abril de 987 en la ciudad de Santiago, 36 años, casado, cabo ° de Carabineros de Chile, domiciliado en calle Lago Ontario Nº 80 3, Lo Prado, Región Metropolitana de Santiago. Sostuvieron la acusación los fiscales adjuntos don Alfredo Keller Quitral y don Cristián Cuevas Villegas, mientras que la parte querellante estuvo representada por las abogadas del Instituto Nacional de Derechos Humanos doña Javiera Tapia Pérez y doña Javiera Albarrán Hola. Por su parte, la defensa fue asumida por el defensor penal privado don Cristián Berthet Ortiz, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal y particular. Que los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El 21 de mayo de 2018, el adolescente Patricio Antonio Alvarado Meza, nacido el 24 de diciembre de 2002, de 14 años de edad al momento de los hechos, alrededor de las 16:30 horas aproximadamente, se encontraba en la Plaza Arturo Prat de la comuna de Quilpué, junto a unos amigos, todos también menores de edad. En este contexto fueron objeto de un control de identidad por parte de personal policial, siendo detenida la víctima por el delito previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal y Código: XKNDXFHXPBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página 2 de trasladado a la 2ª Comisaría de Carabineros de Quilpué, dónde quedó a cargo del acusado, el cabo 1° Sebastián Andrés Quiroz González”. Encontrándose en el interior de la comisaría, la víctima solicitó ir al baño de los calabozos, lugar dónde el acusado lo agredió con golpes de pies y puños en la cabeza y distintas partes del cuerpo. Producto de lo anterior, la víctima resultó con lesiones consistentes en “contusión nasal, aumento parietal izquierdo, equimosis en región interna del muslo izquierdo, eritemas lineales en ambas muñecas, sangramiento de nariz y boca”, de carácter leve” (sic). Los hechos antes descritos, a juicio del Ministerio Público, configurarían el delito de apremios ilegítimos, tipificado en el artículo D del Código Penal, en grado de desarrollo consumado y en el que le cabría al acusado responsabilidad penal en calidad de autor, conforme con lo dispuesto en el artículo N° del Código Penal, concurriendo la atenuante prevista en el artículo N° 6 del Código Punitivo, sin agravantes. El Ministerio Público solicitó se imponga al acusado la pena de cuatro años de presidio meno
Fallo
fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Villagrán vs. Guatemala”. La CIDH señaló que en ese caso se infringió no sólo la libertad personal, sino también los derechos de la Convención sobre los derechos del Niño y la Convención de Ginebra contra la tortura. Se trató de un control de identidad que derivó en una detención, que fue declarada ilegal en la audiencia de control de la detención. En la audiencia de control el propio Ministerio Público empleó principio de oportunidad, pues se trató de un llavero que tenía un set de elementos, no sólo una mininavaja. Además, carabineros no permitió la visita de la madre del ofendido a su hijo en la unidad policial. El acusado trasladó al acusado desde la celda al baño porque ahí no hay cámaras, y en ese lugar lo golpea. Enfatizó que se trató de apremios ilegítimos y tratos crueles, inhumanos y degradantes. En su alegato de clausura, agregó que la conducta del agente fue desplegada en contravención a la Constitución y a los tratados internacionales Código: XKNDXFHXPBS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Página de en materia de derechos humanos, sin perjuicio del quebrantamiento de la normativa interna de Carabineros de Chile, respecto de personas privadas de libertad al interior de unidades policiales, como se indica en el Reglamento N° 0 de la institución. Hizo presente que el ofendido fue privado de su libertad de manera ilegítima, como lo de
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Página de DELITO: Apremios ilegítimos RUC - RIT - - ACUSADO: SEBASTIÁN ANDRÉS QUIROZ GONZÁLEZ Viña del Mar, seis de junio de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha uno de junio de dos mil veintitrés, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por la juez presidente de sala doña Claudia Ortiz Leiva
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