MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTIAN ALEXIS SPIELMAN MATHEWS
Rol
O-87-2023
Fecha
6 de junio de 2023
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos objeto de juicio fueron los que siguen: “El día 26 de mayo de 2021, alrededor de las 14:30 horas, careciendo de autorización o permiso de autoridad competente, el imputado CRISTIAN ALEXIS SPIELMAN MATHEWS, al interior de su domicilio ubicado en Angol N° 190, departamento N° 301, Concepción, específicamente en una dependencia destinada a dormitorio, mantenía un sistema in door de cultivo de 20 plantas de cannabis sativa, careciendo de autorización o permiso de autoridad competente. En la misma habitación, guardaba 122 grs brutos y 286 grs brutos de cannabis sativa cosechada en dos cajones de madera; 358 grs brutos de cannabis sativa en una tapa plástica, sobre la carpa donde cultivaba las plantas y, en el baño, dentro de un bidón plástico blanco, guardaba un kilo 924 grs brutos de cannabis sativa cosechada En la habitación destinada a comedor, el imputado guardaba, en un frasco de vidrio, 24 grs. brutos de cannabis sativa cosechada. Finalmente, guardaba la suma de $229 000 en dinero en efectivo y una balanza digital ” A juicio de la Fiscalía, estos hechos configuran el delito de cultivo y cosecha de especies vegetales del género cannabis sativa, previsto y sancionado en el artículo 8° de la ley 20 000, encontrándose en grado de desarrollo consumado, perpetrado en calidad de autor por Spielman Mathews, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicitando se le imponga la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 UTM, el comiso de las especies incautadas, las accesorias legales que correspondan y las costas de la causa. TERCERO: Que en su apertura, el Ministerio Público indica que la única institución que Código: QZMDXFTRDXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl puede autorizar este cultivo es el SAG
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante una sala del Tribunal de juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por los jueces Gonzalo Díaz González, en calidad de Presidente, Rogelio Inostroza Rivera, como integrante y Paulina García Soto, como redactora, se llevó a cabo el juicio en los autos RUC 2110035500-8, RIT 87-2023 del ingreso de este Tribunal, en contra del acusado CRISTIAN ALEXIS SPIELMAN MATHEWS, R.U.N. 16 863 237-1, 35 años, soltero, maestro cervecero con micro empresa familiar, técnico de administración de empresa, nacido el 11/12/1987, en Talcahuano, domiciliado en calle Callejón Puchacay 393, Villa Huáscar, Concepción. Fue parte acusadora, el Ministerio Público a través de la Fiscal Adjunto Carla Alejandra Hernández Gutiérrez. Por la defensa, intervinieron los defensores penales privados César Alejandro Irribarra Bravo y Marcelo Sebastián Ávila Jiménez. Todos los intervinientes tienen domicilio y forma de notificación registrada en esta carpeta judicial. SEGUNDO: Los hechos objeto de juicio fueron los que siguen: “El día 26 de mayo de 2021, alrededor de las 14:30 horas, careciendo de autorización o permiso de autoridad competente, el imputado CRISTIAN ALEXIS SPIELMAN MATHEWS, al interior de su domicilio ubicado en Angol N° 190, departamento N° 301, Concepción, específicamente en una dependencia destinada a dormitorio, mantenía un sistema in door de cultivo de 20 plantas de cannabis sativa, careciendo de autorización o permiso de autoridad competente. En la misma habitación, guardaba 122 grs brutos y 286 grs brutos de cannabis sativa cosechada en dos cajones de madera; 358 grs brutos de cannabis sativa en una tapa plástica, sobre la carpa donde cultivaba las plantas y, en el baño, dentro de un bidón plástico blanco, guardaba un kilo 924 grs brutos de cannabis sativa cosechada En la habitación destinada a comedor, el imputado guardaba, en un frasco de vidrio, 24 grs. brutos de cannabis sativa cosechada. Finalmente, guardaba la suma de $229 000 en dinero en efectivo y una balanza digital ” A juicio de la Fiscalía, estos hechos configuran el delito de cultivo y cosecha de especies vegetales del género cannabis sativa, previsto y sancionado en el artículo 8° de la ley 20 000, encontrándose en grado de desarrollo consumado, perpetrado en calidad de autor por Spielman Mathews, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicitando se le imponga la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 UTM, el comiso de las especies incautadas, las accesorias legales que correspondan y las costas de la causa. TERCERO: Que en su apertura, el Ministerio Público indica que la única institución que Código: QZMDXFTRDXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl puede autorizar este cultivo es el SAG considerando la cantidad de cannabis cosechada, casi 2 ki
Fallo
fallo que por la cantidad de droga y su disposición, era imposible un uso personal y que cualquiera otra estaba prohibida por la ley, reiterando su petición de condena, sin perjuicio de las atenuantes que puedan reconocérsele al acusado. En la réplica insiste sobre la prueba de descargo de la Defensa, que el debate es jurídico y lo es en torno a la prueba de descargo para apoyar su tesis. Que esa prueba consistió en una declaración jurada que no tiene validez en una audiencia de juicio oral y se refiere a la conducta posterior del acusado en sus relaciones de vecindad. Que la Defensa ofreció la declaración de una perito, empero quien declara no es perito, es una químico, no se le hizo preguntas sobre sus títulos y acreditaciones, y en el contraexamen dejó en evidencia que no realizó una operación material sobre lo que era el objeto de su peritaje sino que preparó textos y bibliografías de la materia a lo que se refiere su peritaje, de manera que su declaración no responde al art 315 del Código Procesal Penal, no se indagó sobre la duración de los metabolitos en la orina ni cuánto tiempo se requiere para que aparezcan, lo que tampoco podría haberse sabido, pudiendo haber servido la comparecencia del tecnólogo médico que realizó el examen sobre esto, pero quien no se presentó en el juicio. Código: QZMDXFTRDXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y en cuanto a la receta, ella no puede servir para los hechos de 20
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CONCEPCIÓN, SEIS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRÉS. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante una sala del Tribunal de juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por los jueces Gonzalo Díaz González, en calidad de Presidente, Rogelio Inostroza Rivera, como integrante y Paulina García Soto, como redactora, se llevó a cabo el juicio en los autos RUC 2110035500-8, RIT 87-2023 del ingreso de e
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