NORTE ABIERTO SPA/
Rol
V-752-2020
Fecha
28 de agosto de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que a folio 1 comparece doña María Elizabeth Orrego Espinosa, abogada, chilena, soltera, cédula nacional de identidad N° 13.788.756-8, en representación de Norte Abierto SpA, sociedad por acciones constituida bajo las leyes chilenas, del giro extracción de otros minerales metalíferos, R.U.T. N° 77.116.500-1, ambas con domicilio en calle Diego de Almagro N° 204, Copiapó, quien, según presentación de fecha 30 de abril de 2020, solicita una concesión de exploración de 100 hectáreas, a la que denomina “TRAUCO B 9” cuyo punto medio se sitúa en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2º) Que dicho pedimento se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.663 de fecha 25 de mayo de 2020 y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó a fojas 1.371 N° 848 con fecha 08 de mayo de 2020. 3º) Que la superficie pedida en concesión es un cuadrado de 1.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) V1 6.932.900,00 452.500,00 V2 6.932.900,00 453.500,00 V3 6.931.900,00 453.500,00 V4 6.931.900,00 452.500,00 Y correspondiendo su punto medio a la intersección de las coordenadas 6.932.400,00 metros norte con la abscisa 453.000,00 metros este. 4º) Que a folio N° 11 consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 3979 de fecha 12 de agosto de 2020. 5º) Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Por tales consideraciones y de acuerdo además con el artículo 1º, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: Declárase constituida la concesión de exploración “TRAUCO B 9”, sobre una superficie de 100 hectáreas, ubicadas en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, a favor de Norte Abierto SpA, antes individualizada. Y apruébase su plano. Publíquese esta sentencia y al efecto dese extracto. Inscríbase. Archívense los planos en el Conservador de Minas de Copiapó. Regístrese, notifíquese dese copia y practíquese cada una de las diligencias una vez ejecutoriada. Hecho, archívese. Pronunciada por doña Milena Andrea Aedo Zapata, Jueza Titular, del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, veintiocho de agosto de dos mil veinte. cmr Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-752-2020 CARATULADO : NORTE ABIERTO SPA/ Copiapó, veintiocho de agosto de dos mil veinte. Vistos y considerando: 1º) Que a folio 1 comparece doña María Elizabeth Orrego Espinosa, abogada, chilena, soltera, cédula nacional de identidad N° 13.788.756-8, en representación de Norte Abierto SpA, sociedad por accion
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