Juzgado de Garantía de Calama.

ANGELO BAEZA CISTERNAS C/ HÉCTOR MANUEL QUISPE MORALES

Rol

O-2065-2021

Fecha

5 de junio de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 18 de mayo de 2020 cerca de las 23:30 horas de la noche el ACUSADO conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, ya que nunca ha obtenida la misma, la camioneta marca Chevrolet, modelo LUV, PPU., TG-2097, por calles de esta ciudad. Carabineros que se encontraba realizando fiscalizaciones preventivas observa que dicha camioneta no respeta la señal roja del semáforo en funcionamiento en la intersección de Av. Parque con Av. Chorrilos, así lo siguen y detienen al acusado en la esquina Latorre con Av., Chorrillos y al momento de la solicitud de los documentos del vehículo y licencia de conductor observan que este se encontraba conduciendo en evidente estado de ebriedad lo que les constó por las señales externas que manifestaba. El informe de alcoholemia expedido por el Servicio Médico Legal indicó que al momento de la conducción el ACUSADO lo hacía con 1.93 gramos de alcohol en litro de sangre. El imputado acepta el procedimiento abreviado y el Tribunal resuelve: Calama, cinco de junio de dos mil veintitrés Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 110, 111, 196 y 209 de la ley 18.290, 1, 7, 14 n°1, 15 n° 1, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 69, 70 del Código Penal; artículos 1, 4, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos pertinentes de la Ley 18.216; se resuelve: I. Que, se condena a HÉCTOR MANUEL QUISPE MORALES, cédula de identidad N° 0018184065-K, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 2 unidades tributarias mensuales, inhabilitación para obtener licencia de conducir por el término de 2 años más la pena accesoria de inhabilitación para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena en su calidad de autor, por su responsabilidad a título de autor del delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD SIN LICENCIA DE CONDUCIR., en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 18 de mayo de 2.020. Código: FKZKXFXZCLR Este documento tiene firma electrónica y su

Fallo

se resuelve: I. Que, se condena a HÉCTOR MANUEL QUISPE MORALES, cédula de identidad N° 0018184065-K, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 2 unidades tributarias mensuales, inhabilitación para obtener licencia de conducir por el término de 2 años más la pena accesoria de inhabilitación para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena en su calidad de autor, por su responsabilidad a título de autor del delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD SIN LICENCIA DE CONDUCIR., en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 18 de mayo de 2.020. Código: FKZKXFXZCLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, reuniéndose los requisitos del artículo 7 y siguientes de la Ley 18.216, se le concede al sentenciado LA PENA DE RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA DOMICILIARIA (con monitoreo telemático) por el mismo plazo de duración de su condena, que consistirá en el encierro del sentenciado en su domicilio desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Para estos efectos deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de El Loa con su cédula de identidad al quinto día de ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento que si así no lo hiciere se despachara una orden de detención en su contra. En el evento de revocación o quebrantamiento se sujetara al sentenciado al cumplimiento de la pena privativa de libertad inicialmente

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : 2065 - 2021 RUC : 2000511566-4 FECHA : cinco de junio de dos mil veintitrés HORA INICIO : 11:05 hrs. HORA TÉRMINO : 11:18 hrs. DELITO : CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. JUEZ : ALEJANDRO SALVADOR GONZALEZ ESCOBAR FISCAL : VICTOR RAVELLO VIDAL DEFENSOR : HERNÁN DÍAZ VERDUGO IMPUTADO : HÉCTOR MANUEL QUISPE MORALES RUT : 001

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