LAPOINTE/SÁNCHEZ
Rol
O-273-2021
Fecha
4 de enero de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, Abogado, en representación convencional de don NAUDY LAPOINTE, domiciliado en Las Perlas N° 11374, comuna de El Bosque, Región Metropolitana; y entabla demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas en contra de KARINA DE LOS ANGELES SANCHEZ GUERRERO, desconoce profesión u oficio, domiciliada en María Isabel N° 8245, Comuna de La Cisterna, Región Metropolitana. ANTECEDENTES DE LA DEMANDA: Señala que con fecha 2 de mayo de 2018, su representado comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada KARINA DE LOS ANGELES SANCHEZ GUERRERO bajo el cargo de “OPERADOR DE MAQUINAS Y HERRAMIENTAS”. El lugar en el que se prestaban los servicios era Eyzaguirre N° 1573, Comuna San Bernardo, Región Metropolitana. Indica que la remuneración del actor, para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, ascendía a la sumad de $563.762, con una jornada de trabajo de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 08:15 a 18:00 horas. Alega que, durante toda la relación laboral las cotizaciones le fueron pagadas de forma atrasada y algunas declaradas y no pagadas, pero se le descontaban mes a mes. Explica que el 1 de junio de 2021, el jefe directo – don Roberto Sánchez -, por medio de una llamada telefónica le indicó al demandante que estaba despedido, sin entregarle carta de despido ni razón alguna que motivare el despido, y sin pago de indemnización alguna. Sostiene que, en este caso, al actor se le adeudan cotizaciones previsionales de AFP del mes de marzo y abril, y 10 no pagadas de Fonasa en todo el periodo trabajado. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda, y con el mérito de la misma se declare injustificado y nulo el despido, y se condene a la parte demandada al pago de las indemnización sustitutiva de aviso previo, de la indemnización por 3 años de servicio,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, Abogado, en representación convencional de don NAUDY LAPOINTE; y entabla demanda por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales adeudadas, en contra de KARINA DE LOS ANGELES SANCHEZ GUERRERO, de acuerdo a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria, habiendo fracasado el llamado a conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que, la parte demandante inició relación laboral con la demandada el día 2 de mayo de 2018 y a la fecha del despido ejercía la función de “Operador de máquinas y herramientas”. 2. Que, para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, la última remuneración de la parte demandante asciende a la suma de $558.751. 3. Que, las cotizaciones de seguridad social del actor se encuentran íntegramente pagadas, por lo que no opera la nulidad del despido. HECHOS A PROBAR: 1. Fecha de término de la relación laboral habida entre las partes; causal invocada; hechos en que se fundó y cumplimiento de los requisitos legales del despido, en su caso. 2. Efectividad que la parte demandada otorgó y/o compensó el feriado legal del período 2 de mayo de 2020 a 2 de mayo de 2021 y 4 días del período 2 de mayo de 2019. TERCERO: Que, para acreditar sus asertos, las partes incorporaron los siguientes medios probatorios: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: DOCUMENTAL (FOLIO 21): 1. Contrato de trabajo de fecha 2 de mayo de 2018. 2. Anexo al contrato individual de trabajo de fecha 01 de mayo de 2019. 3. Certificado de antigüedad laboral de fecha 11 de abril de 2021, a partir del 2 de mayo de 2018. 4. Constancia ante la Inspección del Trabajo de fecha 01 de junio de 2021, bajo el N° de Folio 2000 – 2021 – 2022. 5. Comprobante de solicitud de Reclamo Administrativo de fecha 01 de junio de 2021. TESTIMONIAL: Fueron conducidos a estrados los siguientes testigos, quienes debidamente juramentados y legalmente examinados, declararon al tenor de las preguntas formuladas por los intervinientes, a saber: 1. WILIENS JEUDY, cédula nacional de identidad N° 26.268.294-3, DISEÑADOR GRÁFICO. El demandante es su hermano y trabajaba con doña Karina Sánchez, como operador de maquinaria, específicamente de soldadura. Su hermano fue despedido por teléfono, y esto lo sabe porque se lo contó por la noche. La fecha del despido fue el 1 de junio de 2021. EXHIBICIÓN DOCUMENTAL (50): Se solicitó, bajo apercibimiento legal, la exhibición de los siguientes documentos: 1. Libro o Registro de Asistencia desde el mes de mayo 2018 a mayo 2021. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA: DOCUMENTAL (FOLIOS 10 Y 38): 1. Contrato de trabajo del demandante; 2. Anexo de contrato de trabajo de mayo del año 2019; 3. Set de dos comprobantes de envío de carta certificada con los respectivos seguimientos en línea de los envíos;
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 8, 9, 41, 42, 45, 63, 67, 73, 160 n° 3, 162, 168, 420, 425, 453, 457, 459, y demás pertinentes de Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demandada interpuesta por don DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, Abogado, en representación convencional de don NAUDY LAPOINTE; en contra de KARINA DE LOS ANGELES SANCHEZ GUERRERO, declarándose que el despido del actor, de fecha 1 de junio de 2021 es del todo incausado, razón por la cual se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: a. indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $558.751 (quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta y un pesos). b. Indemnización por 3 años de servicio, por la suma de $1.676.253 (un millón seiscientos setenta y seis mil doscientos cincuenta y tres pesos), más el incremento del 50% por no haberse invocado causa legal, es decir, $838.127 (ochocientos treinta y ocho mil ciento veintisiete pesos). II. Que, se acoge la demanda interpuesta por don DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, Abogado, en representación convencional de don NAUDY LAPOINTE; en contra de KARINA DE LOS ANGELES SANCHEZ GUERRERO, condenándose a la demandada al pago de feriado legal por 4 días del período 2019 y por el período 2020-2021, la suma de $465.625 (cuatrocientos sesenta y cinco mil seiscientos veinticinco pesos). III. Que, las sumas ordenadas pagar lo son con los intereses y reajustes a que se refieren los artículo 63 y 173 del
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San Bernardo, cuatro de enero de dos mil veintidós. VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don DANIEL GUTIÉRREZ ORLANDI, Abogado, en representación convencional de don NAUDY LAPOINTE, domiciliado en Las Perlas N° 11374, comuna de El Bosque, Región Metropolitana; y entabla demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas en co
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