Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MP C/ JAVIER ALEJANDRO BRAVO GÓMEZ

Rol

O-508-2023

Fecha

31 de mayo de 2023

Materia

LESIONES LEVES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El 19 de febrero de 2023 aproximadamente a las 20:25 horas, en el frontis del negocio "Matta" ubicado en calle Manuel Antonio Matta con esquina Valdivieso, de la comuna de Llanquihue, el imputado Javier Alejandro Bravo Gómez a las víctimas José Patricio Hernández Huenchuman, Eduat Nain Carrasco Muñoz, Yoni Ricardo Cerpa Gallardo y Francisco Javier Imilmaqui Guajardo agredió con un arma blanca tipo cuchillo, a las víctimas en distintas partes del cuerpo, ocasionándole como consecuencia de esto las siguientes lesiones: A José Patricio Hernandez Huenchuman según DAU N° 36377366, emitido por el Hospital de Llanquihue, corresponden a 1 lesión cortante de 1 cm de largo en la región perinasal izquierda de aproximadamente 0,5 cm de profundidad, considerada como lesiones de carácter menos grave. A Eduat Nain Carrasco Gallardo según DAU N° 36377373, emitido por el Hospotal de Llanquihue, corresponden a herida malar izquierda de aproximadamente 2-3 cm con exposición muscular y sangrado en napa. Sin alt de movilidad facial, consideradas como lesiones de carácter leves. A Yoni Ricardo Cerpa Gallardo según DAU N°363777343, emitido por el Hospital de Llanquihue, corresponden a lesión cortante de 1 cm bajo ángulo mandibular, aprox 0.5 cm de profundidad, considerada como lesiones de carácter menos graves. A Francisco Javier Ilmilmaqui Guajardo según DAU N°2302004827, emitido por el Hospital Dr. Eduardo Schutz Schroeder de Puerto Montt, corresponden a herida longitudinal de 8 cm, hombro izquierdo, cara antero-lateral, considerada como lesiones de carácter menos graves”. Puerto Varas, a treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 7 y 9, 14 N°1, 15 N° 1, 25, 30, 68 bis, 69, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; artículo 45 y siguiente, 297, 340 y siguiente, 388 y siguiente, 395 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JAVIER ALEJANDRO BRAV

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JAVIER ALEJANDRO BRAVO GÓMEZ, cédula de identidad Nº 16.754.437-1, domiciliado en Sector El Tepual Pasaje La Estrella S/N, Puerto Montt, por su responsabilidad como AUTOR de tres delitos CONSUMADOS de LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal y Código: NVSQXFXLBRQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Puerto Varas una FALTA DE LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 494 N°5 del Código Penal, todos ocurridos el 19 de febrero de 2023, en la comuna de Llanquihue, en prejuicio de las victimas José Patricio Hernández Huenchuman, Eduat Nain Carrasco Muñoz, Yoni Ricardo Cerpa Gallardo y Francisco Javier Imilmaqui Guajardo, a la pena única de CIENTO UN (101) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, la accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena y el comiso de las especies incautadas. II. Que, la pena impuesta se dará por cumplida, por el día de la detención 19 de febrero de 2023, y el tiempo que permaneció en prisión preventiva en esta causa, desde el 30 de febrero de 2023 a la fecha. III. Que, se decreta el comiso de las especies incautadas, arma blanca tipo cuchillo, para ser puesto a disposición del Ministerio Público para su destrucción, atendido su naturaleza ilícita. IV.- Que, atendido el depósito que se encuentra en la cuenta corriente del Tribunal, se ordena certifi

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: “El 19 de febrero de 2023 aproximadamente a las 20:25 horas, en el frontis del negocio "Matta" ubicado en calle Manuel Antonio Matta con esquina Valdivieso, de la comuna de Llanquihue, el imputado Javier Alejandro Bravo Gómez a las víctimas José Patricio Hernández Huenchuman, Eduat Nain Carrasco Muñoz, Yoni Ricardo

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