2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ PABLO ANDRÉS NÚÑEZ BRAVO

Rol

O-5412-2022

Fecha

31 de mayo de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS LOS ANTECEDENTES Y,

Fundamentos

CONSIDERANDO 1°).- Que, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la fiscalía presentó acusación en contra de PABLO ANDRÉS NÚÑEZ BRAVO, RUT 14572259-4, domiciliado en Calle Las Petunias Nº 382, Huechuraba, en atención a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación expongo: 2).- Hechos El día 26 de agosto del año 2022, a eso de las 16:10 horas aproximadamente, el imputado PABLO ANDRES NUÑEZ BRAVO, fue sorprendido y detenido por funcionarios de carabineros conduciendo una camioneta tipo furgón, marca Fiat, modelo Fiorino Fire de color blanco, la que portaba las PPU YA.9229, las no correspondían al vehículo conducido por el imputado sino a la PPU CBLH.13, vehículo que mantenía encargo por robo de fecha 31.05.2022, según denuncia realizada por doña Saira Soria Consuelo ante la 44° Comisaría de Lo Prado, por ende el imputado no podía menos que conocer el origen ilícito del referido vehículo toda vez que no lo había recibido de su legítimo tenedor y además presentaba señales de fuerza por acción de terceros en el sistema de encendido y en el cilindro de apertura. Asimismo y momentos previos a la detención, el imputado quebró el vidrio lateral del costado derecho, del automóvil marca MG, modelo mg3, placa patente única JRLK-88, de color blanco, año 2017, que la víctima FERNANDO VICENTE URRUTIA ZIMEND había dejado estacionada en el exterior del Cementerio Parque de Santiago, ubicado en calle Rinconada Código: VSXXXFKDNRQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N° 516, en la comuna de Huechuraba, sustrayendo desde el interior de éste una Mochila marca Totto de color negro con diferentes especies de propiedad de la víctima, para una vez realizado lo anterior, darse a la fuga del lugar con las especies sustraídas a la víctima en su poder. Los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito robo en bienes nacionales de uso público prevista en el artículo 443 del código Penal y, el delito de receptación de vehículo motorizado describe sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal. Se ha solicitado la imposición de una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de robo y, una de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de unidad tributaria mensual más accesorias legales, por el delito de receptación de vehículo. 3°).- Que se da por probado el hecho que se describirá en el motivo siguiente sobre la base de la aceptación que el acusado manifestó respecto a los antecedentes de la investigación que son los siguientes: 1. Parte detenidos n° 3025 de fecha 27.08. 2022 de la 54° Comisaria de Huechuraba. 2. Declaración del funcionario Jimmy Perez Nuñez. 3. Declaración de la víctima. 4. Set fotográfico de 3 fotos a color del vehículo de la víctima PPU JRLK.88 que da cuenta de los daños. 5. Actas de rigor y de avaluó. 6. Informe de diligencias n° 611 que da cuenta de las fotos del vehículo de la víctima, incautación d

Fallo

SE DECLARA: 1º) Que se condena a PABLO ANDRÉS NÚÑEZ BRAVO, RUT 14572259-4, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 1/3 UTM, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena sin costas, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo, consumado, perpetrado el 26 de agosto del año 2022. La pena de multa se le da por cumplida con el abono 26 de agosto del año 2022. 2°) Que se condena a PABLO ANDRÉS NÚÑEZ BRAVO, RUT 14572259-4, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la Código: VSXXXFKDNRQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condena, sin costas, en calidad de autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público, consumado, perpetrado el 26 de agosto del año 2022. 3°) Que, no reuniendo ninguno de los requisitos de la ley 18.216, no se le concede el beneficio alguno debiendo cumplir la pena en forma efectiva, sirviéndole de abono el tiempo privación de libertad ininterrumpidamente desde el 27 de agosto de 2022 a la fecha. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2200836516-8 RIT 5412 - 2022 Pronunciada por don Rodrigo A. García León, Juez del Segundo Juzgado de Ga

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés.- OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTOS LOS ANTECEDENTES Y, CONSIDERANDO 1°).- Que, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la fiscalía presentó acusación en contra de PABLO ANDRÉS NÚÑEZ BRAVO, RUT 14572259-4, domiciliado en Calle Las Petunias Nº 382, Huechuraba, en atención a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación expon

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica