Juzgado de Garantía de Villarrica.

MINISTERIO PUBLICO C/ LUCAS LONCOPÁN RAINAHUEL

Rol

O-630-2023

Fecha

1 de junio de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica el Fiscal CARLOS CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don LUCAS LONCOPÁN RAINAHUEL, cedula nacional de identidad Nª 10.385.869-0, representado por el defensor penal público JUAN GALLARDO ARAYA. La acusación fue presentada por la participación que estima el Ministerio Público le corresponde en calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, prescrito y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, ilícito cometido en grado de consumado y participación de autor del artículo 15 Nª 1 del código penal. . El Ministerio Público fundó su imputación en los siguientes hechos: “El día 13 de abril de 2023, siendo las 23:00 horas, el imputado LUCAS LONCOPÁN RAINAHUEL fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad la camioneta marca Chevrolet, modelo luv, color rojo, placa patente única HY4705, siendo fiscalizado por personal de Carabineros en la RUTA S-95- T a la altura del KM. 24, SECTOR PUTABLA LICAN RAY, de la comuna de Villarrica. Y al solicitar la documentación del móvil, y constatar que este se encontraba en manifiesto estado de Código: DQTXXFQCNCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ebriedad por manifestar los signos de la misma, se le efectúan pruebas respiratorias la que arrojó un resultado de 1,85 gramos de alcohol por litro de sangre, siendo trasladado hasta el Hospital de Villarrica donde se constató su estado etílico y se le efectuó el examen de alcoholemia de rigor.-.” El Ministerio Público pidió se condene al acusado a la pena de CIENTO CINCUENTA DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES además de la accesoria de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE CINCO AÑOS. sin perjuicio de las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y ad

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, del Código Procesal Penal, artículos 1º,,11 N°9, 12 Nª 16 15 Nº 1, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal, articulo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290 y de la Ley 18.216, se RESUELVE I.- Que se condena a LUCAS LONCOPÁN RAINAHUEL, cedula nacional de identidad Nª 10.385.869-0, como autor de un delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, prescrito y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290 a la pena de: SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO; MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; y SUSPENSION DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR CINCO AÑOS. y a la suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena. Atendido el día que permaneció privado de libertad la pena de multa se dará por cumplida. Código: DQTXXFQCNCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la pena privativa de libertad se le sustituye por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, contemplada en los artículos 7º y 8º de la Ley 18.216, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en Sector CHIHUICO kilómetro 6 camino Lican Ray , ruta s-879 comuna de VILLARRICA,, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, por el tiempo de duración de la condena, debiendo computársele una noche por cada día de privación

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C/ LUCAS LONCOPÁN RAINAHUEL Manejo en estado de ebriedad. R.U.C. 2300407249-9 R.I.T. 630-2023 ___________________________________ / Villarrica, uno de Junio de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica el Fiscal CARLOS CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don LUCAS LONCOPÁN RAINAHUEL, cedula nacional de id

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