MP C/ CÉSAR MATÍAS LONCOMIL LONCOMIL
Rol
O-1397-2023
Fecha
31 de mayo de 2023
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 30 de Mayo de 2023 a las 08:30 horas aproximadamente el imputado don Cesar Matías Loncomil Loncomil concurre hasta el domicilio ubicado en Los Olivos S/N de Rengo y hace ingreso a dicho domicilio saltando el cierre perimetral sin autorización de su morador, percatándose la víctima que corresponde a don José Manuel Sandoval Rodríguez, procediendo a ser sorprendido y dándose a la fuga. Código: GZJHXFPKMXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl mailto:cesarmatiasloncomil@gmail.com “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°°6, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes, artículo 244 y demás normas pertinentes del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 38 de la Ley 18.216; SE RESULVE: I.- Que SE CONDENA a CÉSAR MATÍAS LONCOMIL LONCOMIL, cédula de identidad N° 18329792- 9, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de VIOLACIÓN DE MORADA del artículo 244 del Código Penal perpetrado en grado de desarrollo CONSUMADO el día 30 de Mayo de 2023, a sufrir la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, eximiéndose del pago de las costas de la causa. II.- Que, atendido el tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa, la pena de multa se tendrá por cumplida. III.- Que, se or
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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