MÉNDEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-1944-2019
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1, comparece don MARCO ANTONIO MENDEZ SOTO, dependiente, c dula nacional de identidad Né ° 5.956.146-4, domiciliado en calle Alamos N 758, comuna de Linares, quien se ala:° ñ Que, por este acto viene en interponer acci n ordinaria de prescripci n deó ó derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma de Derecho P blico Rut N 69.130.300-4,ó ó ú ° representada por su alcalde don MARIO MEZA V SQUEZÁ , c dula nacional deé identidad N 14.389.148-8, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Kurt Moller° N 391, comuna de Linares, conforme a los argumentos de hecho y derecho que° expone: a).- Que, conforme a los informes de deuda de derechos de aseo, emitidos por el departamento de Renta y Finanza de la Ilustre Municipalidad de Linares, que acompa a, la propiedad ñ Rol N 263-13° de Linares, adeuda la suma de $1.073.776. b).- Que, habiendo a la fecha, m s de tres a os desde que se hicieron exigibles dichasá ñ deudas respecto de las cuotas vencidas, por la propiedad Rol N 263-13° , ubicada en calle Alamos N 758, comuna de Linares correspondiente a los periodos con vencimiento° desde el 30 de septiembre del a o 1999, 2000, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007,ñ 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, y hasta la con vencimiento el 30 de Septiembre del a o 2016 inclusive, ellas se extinguir an por el paso de dicho plazo. ñ í En efecto se encuentra prescrita la acci n de cobro de la deuda ó que se imputa por concepto de derechos de aseo respecto de la propiedad antes referida, correspondiente a los vencimientos desde el 30 de septiembre del a o 1999, 2000, 2002, 2003, 2004, 2005,ñ 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011,2012, 2013, 2014, 2015, y hasta la con vencimiento el 30 de Septiembre del a o 2016 inclusive, por un total de ñ $941.898. c).- Por lo tanto, existe pasividad por parte del sujeto activo, esto es, la Ilustre Municipalidad de Linares, en el cobro de dichas prestaciones, sin que por nuestra
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que a folio 1 don MARCO ANTONIO MENDEZ SOTO, ya individualizado, interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n, en contra de laó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma de Derechoó ó P blico, representada por su Alcalde don Mario Meza V squez, ya individualizados,ú á solicitando en definitiva, se declare la prescripci n de la deuda que se imputa poró concepto de derechos de aseo, respecto de la propiedad antes descrita, por el periodo y total que al demandante le corresponda, conforme al m rito de esta presentaci n.é ó Todo ello fundado en los antecedentes de hecho y de derecho ya rese ados en la parteñ expositiva de este fallo. SEGUNDO: Que a folio 13, do a Carolina Y ez Galvez, abogado enñ áñ representaci n de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, contesta laó demanda, se alando que los hechos expuestos en la misma son efectivos, en atenci n añ ó que de los antecedentes que obran en esta Corporaci n no consta que haya intervenidoó pagar u obligaci n escrita o concesi n de plazo por el acreedor, en este caso la Ilustreé ó ó Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de mi representada con la finalidad de obtener el pago de los DERECHOS DE ASEOS DOMICILIARIOS, que adeuda, la propiedad ubicada en calle lamos, N 758, Rol de Aval o N 263-13, de laÁ ° ú ° comuna de Linares; a la entidad edilicia que represento, por lo cual esta parte se allana totalmente a la solicitud de la demandante para que SS. declare que ha operado la prescripci n extintiva de corto tiempo regulada en el Art. 2521 del C digo Civil respectoó ó de las acciones de cobro de derechos de aseo, que pudo haber interpuesto mi representada, para obtener el pago de dichos derechos; desde el segundo semestre del a o 1999 (mes de septiembre), hasta el segundo semestre del a o 2016 (mes deñ ñ septiembre), ambos inclusive. TERCERO: Que a folio 6, la parte demandante acompa los siguientesñó documentos: 1.- Copia Simple de Estado de Deuda de Derechos de Aseo Domiciliario de don MARCO ANTONIO MENDEZ SOTO, emitido por la Ilustre Municipalidad de Linares, del Departamento Direcci n Administraci n y Finanzas de Rentas Municipales.ó ó 2.- Copia Simple de Certificado de Aval o Fiscal correspondiente al inmueble,ú Rol N 263-13,° ubicada en calle Alamos N 758, comuna Linares.° CUARTO: Que del m rito de las pruebas agregadas a los autos y de acuerdo alé valor probatorio de las mismas, lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil, queí ó establece que las acciones de las Municipalidades para cobrar tributos municipales prescriben en el plazo de tres a os desde que la obligaci n se hizo exigible, plazo que enñ ó las obligaciones de autos ha transcurrido en exceso, y habi ndose allanado laé demandada, procede acoger la demanda de autos. Y teniendo adem s presente lo dispuesto en los art culos 144, 160, 313 y 342 delá í C digo de Procedimiento Civil, 1698, 2514 y 2521 del C digo Civil,
Fallo
por tanto a la demanda. A folio 17, se tuvo por evacuado el tr mite de la r plica en rebeld a de la parteá é í demandante. A folio 19, se cit a las partes a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que a folio 1 don MARCO ANTONIO MENDEZ SOTO, ya individualizado, interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n, en contra de laó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma de Derechoó ó P blico, representada por su Alcalde don Mario Meza V squez, ya individualizados,ú á solicitando en definitiva, se declare la prescripci n de la deuda que se imputa poró concepto de derechos de aseo, respecto de la propiedad antes descrita, por el periodo y total que al demandante le corresponda, conforme al m rito de esta presentaci n.é ó Todo ello fundado en los antecedentes de hecho y de derecho ya rese ados en la parteñ expositiva de este fallo. SEGUNDO: Que a folio 13, do a Carolina Y ez Galvez, abogado enñ áñ representaci n de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, contesta laó demanda, se alando que los hechos expuestos en la misma son efectivos, en atenci n añ ó que de los antecedentes que obran en esta Corporaci n no consta que haya intervenidoó pagar u obligaci n escrita o concesi n de plazo por el acreedor, en este caso la Ilustreé ó ó Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de mi representada con la finalidad de obtener el pago de los DERECHOS DE ASEOS DOMICILIARIOS, que adeuda, la propiedad ubicada en calle lam
Texto Completo (Preview)
Linares, veinticinco de Agosto de dos mil veinte. Visto: A folio 1, comparece don MARCO ANTONIO MENDEZ SOTO, dependiente, c dula nacional de identidad Né ° 5.956.146-4, domiciliado en calle Alamos N 758, comuna de Linares, quien se ala:° ñ Que, por este acto viene en interponer acci n ordinaria de prescripci n deó ó derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica