2º Juzgado de Garantía de Santiago

JIMMY EDMUNDO CARTES MUÑOZ C/ FRANCISCO JAVIER ORELLANA ARANIS

Rol

O-2628-2021

Fecha

29 de mayo de 2023

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 04/08/2020 alrededor de las 14.45 horas el imputado condujo por calle Apóstol Santiago de la comuna de Renca el vehículo marca Hyundai, tipo minibús, modelo H1, al que le corresponde la inscripción o placa patente XS.65.32 con las letras ocultas o tapadas con un papel y sujetas con escotch impidiendo su identificación, lo que fue advertido por funcionarios de Carabineros quienes los fiscalizaron en la comuna de Quilicura, en la Ruta 5 Norte a la altura de Buenaventura de esa comuna. SE DECLARA: I.- Que se condena a FRANCISCO JAVIER ORELLANA ARANIS, ya individualizado, una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN CON PLACA PATENTE OCULTA, hechos perpetrado el día 4 de agosto de 2021, en la comuna de Renca, en grado de desarrollo consumado. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la pena de REMISIÓN Código: VNWWXFFGXNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDICIONAL DE LA PENA POR EL PLAZO DE UN AÑO. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá a la condenada al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva, sin que le favorezcan abonos. III.- Que la pena de multa se le tendrá por cumplida con el día de su detención 17 de febrero de 2023. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por no ha

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a FRANCISCO JAVIER ORELLANA ARANIS, ya individualizado, una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN CON PLACA PATENTE OCULTA, hechos perpetrado el día 4 de agosto de 2021, en la comuna de Renca, en grado de desarrollo consumado. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la pena de REMISIÓN Código: VNWWXFFGXNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDICIONAL DE LA PENA POR EL PLAZO DE UN AÑO. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá a la condenada al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva, sin que le favorezcan abonos. III.- Que la pena de multa se le tendrá por cumplida con el día de su detención 17 de febrero de 2023. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por no ha

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, 29 de mayo de 2023 TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: Mónica Patricia Bellalta Queraltó RUC: 2000799684-6 RIT: 2628-2021 IMPUTADO: FRANCISCO JAVIER ORELLANA ARANIS C.I. 17.152.518-7, FECHA DE NAC. 03-08-1989 DIRECCION Calle Santiago Del Estero Nº 2024, COMUNA: Quinta Normal DELITO CONDUCCIÓN CON PLACA

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