CONTRERAS/COMERCIAL SOLUEX SPA
Rol
O-1037-2021
Fecha
3 de enero de 2022
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Comparece ILDA JEANNETTE CONTRERAS LEIVA, cesante, domiciliada para estos efectos en Concepción, calle O’Higgins Nº650, oficina 304, asesorada por el abogado Francisco Escalona Riveros, del mismo domicilio, correo electrónico para ser notificado fescalonariveros@gmail.com y deduce demanda por despido injustificado o improcedente y cobro de prestaciones contra Comercial Soluex SpA, sociedad del giro comercial, representada legalmente por Richard Herbert Wagner Kohler, desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Carlota Guzmán #1298, Renca, Santiago, a fin que se hagan las declaraciones y se condene a la demandada al pago de las prestaciones e indemnizaciones que se indicarán, sobre las base de los argumentos que más adelante se exponen. La demandada COMERCIAL SOLUEX SpA, RUT N° 76.072.694-K, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general, Richard Wagner Köhler, ingeniero civil industrial, ambos domiciliados para estos efectos en Manuel Rodríguez 752, Concepción, asesorada por el abogado MAURICIO ALEJANDRO ANDRADE VERGARA, mismo domicilio, correo electrónico para ser notificado mandrade@andradeleiva.cl, contesta la demanda, solicitando se rechace en todas sus partes en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que se expondrán más adelante. Existiendo impedimentos para desarrollar audiencias presenciales en dependencias del tribunal, con fecha 1 de octubre de 2021, se dicta resolución que cita a las partes a audiencias por medios remotos (plataforma virtual Zoom). Se llevó a efecto la audiencia preparatoria el día 11 de noviembre de 2021, a la cual comparecen las partes. En ella se proponen bases para una conciliación, la que fue rechazada. Existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se recibió a prueba la causa, ofreciéndose las probanzas a incorporar en la audiencia de juicio. Se desarrolló la audiencia de juicio el día 15 de diciembre de 2021, por plataforma virtual, en presencia
Fundamentos
CONSIDERANDO: Discusión PRIMERO: Demanda. Que ILDA JEANNETTE CONTRERAS LEIVA deduce demanda por despido injustificado o improcedente y cobro de prestaciones en contra de Comercial Soluex SpA, ya individualizadas, fundado en los siguientes antecedentes de hecho y derecho: Relación laboral. Fue contratada por la demandada el 6 de mayo de 2013 para desempeñarse como vendedor, labor que se realizaba en la oficina ubicada en Concepción. Entre sus funciones estaba realizar atención directa al público y vender productos de la empresa, y otras atingentes al cargo. Percibía una remuneración mensual compuesta por sueldo base, asignación de movilización, gratificación mensual, etc., el promedio de las 3 últimas fue $1.520.432. Despido. Fue desvinculada el 6 de septiembre de 2021, por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa. Injustificado. El despido ha sido injustificado o improcedente, por cuanto no se trata de hechos objetivos de carácter externos al empleador, por el contrario, se refiere a una decisión interna de la empresa y sin contenido. Sin perjuicio de lo anterior, las funciones, cargo y puesto en que se desempeñaba se encuentran ocupados por otras personas que desarrollan las mismas funciones. Siendo injustificado su despido, corresponde que se pague aumento legal el 30% de la indemnización por años de servicios por la suma de $3.649.037, sobre una base de cálculo de $12.163.456 que es el monto que se le debió pagar por indemnización por años de servicios. A.F.C. Se le ha descontado indebidamente la suma de $1.874.046 por aporte al seguro de cesantía, ya que eso sólo procede cuando se trata de una causal justificada, que no es el caso. Cita
Fallo
fallo de la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco, rol 49-2013, de 28 de marzo del año 2013, y de la Excma. Corte Suprema en sentencia de unificación de jurisprudencia rol 2778-2015. Termina solicitando, de conformidad con el artículo 7, 10, 161, 162, 168, 169, 446 del Código del Trabajo, artículos 1545, 1546 del Código Civil, se acoja la demanda, declarando injustificado o improcedente el despido y se condene a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1. Por concepto de aumento legal del 30% de la indemnización por años de servicios, la suma de $3.649.037. 2. La suma de $1.874.046 descontada indebidamente en su finiquito, lo que sólo procede cuando se trata de una causal justificada, que no es el caso. 3. Las sumas señaladas con intereses, reajustes, recargos legales, multas, todo con costas. SEGUNDO: Contestación. Que la demandada contesta la demanda, fundado en las siguientes alegaciones, excepciones y defensas: Niega, controvierte y discute todos los hechos relatados en la demanda, salvo aquellos que reconozca como efectivos. Relación laboral. Es efectivo que la demandante fue contratada bajo vínculo de subordinación y dependencia el 6 de mayo de 2013. Sin embargo, el cargo de la demandante corresponde al de Administradora de local, que incluye dentro de otras funciones, realizar ventas de mesón (directo al público), conforme a lo pactado en la cláusula primera del contrato. Su remuneración asciende a $1.520.432. Despido. El 6 de septiembre de 2021 se le comunicó
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Concepción, a tres de enero de dos mil veintidós VISTO: Comparece ILDA JEANNETTE CONTRERAS LEIVA, cesante, domiciliada para estos efectos en Concepción, calle O’Higgins Nº650, oficina 304, asesorada por el abogado Francisco Escalona Riveros, del mismo domicilio, correo electrónico para ser notificado fescalonariveros@gmail.com y deduce demanda por despido injustificado o improcedente y cobro de pr
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