Juzgado de Letras y Garantía de Pucon.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ ANGÉLICA DEL CARMEN PACHECO CURIFIL

Rol

O-297-2023

Fecha

30 de mayo de 2023

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2300189801-9 RIT 297 - 2023, ha comparecido el Ministerio Público de esta ciudad representado por su fiscal adjunto MARIA FRANCISCA AGUIRRE DUFFOURC, quien presentó requerimiento en contra de ANGÉLICA DEL CARMEN PACHECO CURIFIL, cédula nacional de identidad 0012536835-2, de profesión u oficio DESCONOCIDA, domiciliado en CALLE TOTORAL 0330, LOS RISCOS I, P. DE VALDIVIA TEMUCO, forma de notificación CÉDULA, legalmente representado por la defensor penal público licitado PAULINA GANDERATS MORENO, verificándose la audiencia, en los siguientes términos: El día 19 de febrero de 2023 en horas de la tarde, en circunstancias que la víctima de estos hechos doña Marjorie Arcos Santander se encontraba en el sector playa grande de la comuna de Pucón, llegó hasta el lugar la imputada Angélica Pacheco Curifil quien procedió a coaccionar a la víctima manifestándole frases tales como: “ cuando se vayan los marinos te voy a sacar la cresta, guevona concha de tu madre”, profiriendo además otros insultos y promesas futuras contra la víctima, generando temor y verse expuesta a un atentado contra su integridad física. Estos hechos configuran el delito de Coacción del artículo 494 N° 16 del Código Penal, en calidad de autora y grado de desarrollo consumado. No concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Se pide una pena de multa. Los

Fundamentos

fundamentos están dados por el Parte Policial 6 de 19 de febrero de 2023 de la Capitanía de Puerto del lagos Villarrica que incluye declaración de la víctima; declaración de funcionarios de la Armada en calidad de aprehensores, formulario de atención de urgencia de la Código: TBKXXFQXPGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl imputada firmado por don Santiago Ferman Jorquera médico cirujano, extracto de filiación y antecedentes de la requerida. SEGUNDO: Que, consultada y hechas las advertencias de rigor respecto de los hechos y habiendo sido informada y advertida previamente, contando con la asesoría de un letrado, en forma consciente informada y espontáneamente admitió su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento renunciando a su derecho a no auto incriminarse, refutar la imputación del fiscal en un juicio oral público y contradictorio liberando de esta manera al Tribunal de su obligación de fundar fácticamente el

Fallo

fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. TERCERO: Que, en estos hechos en que tuvo participación en calidad de autora se califican por el Tribunal concordando con el Ministerio Público y al acuerdo con la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de COACCIÓN, en grado de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público no señaló otros antecedentes para la determinación de la pena. QUINTO: Que, la defensa, solicita se rebaje y se tenga por cumplida la multa impuesta, en subsidio se otorguen cuotas para su pago y se le exima del pago de las costas por haber ahorrado recursos al Estado al evitar un juicio, sin que el Ministerio Público se haya opuesto a tal petición. SEXTO: Que, para determinar el quantum de la pena aplicar, se tendrá presente lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal y no pudiendo este Juez en caso alguno aplicar una pena superior a aquella que ha solicitado el Ministerio Público, la fijará en ésta, esto es, multa de un tercio de unidad tributaria mensual. SEPTIMO: Que, se tendrá por cumplida la pena pecuniaria con el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa. OCTAVO: Que, con respecto a las costas, efec

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RUC : 2300189801-9 RIT : 297 - 2023 MATERIA : OTROS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS IMPUTADO : ANGÉLICA DEL CARMEN PACHECO CURIFIL RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Pucón, treinta de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2300189801-9 RIT 297 - 2023, ha compa

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