2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ JHONNAN ANDERSON SALVADOR GONZALES

Rol

O-120-2023

Fecha

29 de mayo de 2023

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación del Ministerio Público son los siguientes: “El día 22 de julio de 2022, alrededor de las 20:15 horas, en calle Dávila Baeza frente al N° 1005, en la comuna de Independencia, el imputado JHONNAN ANDERSON SALVADOR GONZÁLEZ fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de una mochila, una pistola marca Tangfolio, serie AC09377, con una munición calibre .380 no percutida en su cargador, arma que se encontraba apta para Código: XDCLXFYJSYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el disparo, sin que el imputado contara con las autorizaciones legales para dicho porte o tenencia”. Calificación Jurídica de los hechos: A juicio del órgano persecutor penal, los hechos anteriormente descritos son constitutivos de los siguientes delitos: • TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra b), ambos de la Ley N° 17.798 de Control de Armas, encontrándose en grado de desarrollo CONSUMADO, y • TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra c), ambos de la Ley N° 17.798 de Control de Armas, encontrándose en grado de desarrollo CONSUMADO. Participación: En concepto del ente fiscal, al acusado JHONNAN ANDERSON SALVADOR GONZÁLEZ le corresponde participación en calidad de autor en los delitos antes descritos, de conformidad al artículo 15 Nº 1 del Código Penal, toda vez que ejecutó el hecho en forma inmediata y directa. Circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal: El Ministerio Público estima que al acusado le favorece la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal de su irreprochable conducta anterior del articulo 11 número 6 del Código Penal, y no lo perjudica agravante alguna. Pena solicitada: Que, en consecuencia, conforme a la participación atribuida, la sanción señalada por la ley a este delito, la extensión del mal causado y el grado de desarrollo d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día miércoles veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, mediante sistema híbrido, y ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Paula Rodríguez Fondón, quien la presidió, doña Marlene Lobos Vargas como juez redactora y don Carlos Iturra Lizana, como tercer juez integrante, se llevó a efecto el juicio oral Rol Único de Causa N° 2.200.708.931-0, Rol Interno del Tribunal N° 120-2023, destinado a conocer y fallar la acusación deducida por el Ministerio Público en contra del acusado JHONNAN ANDERSON SALVADOR GONZÁLEZ, nacido en Perú el 8 de mayo de 1994, cédula nacional de identidad N° 14.860.874-1, de 29 años, soltero, peoneta, estudió hasta la primaria, domiciliado en calle Sevilla N°1293, de la comuna de Independencia, quien comparece legalmente representado por el abogado Defensor Penal Privado don Franccesco Andre Quiñones Tarazona, con forma de notificación y domicilio ya registrado en el Tribunal. Mientras que, se presenta como acusador el Ministerio Público, representado por la Fiscal Titular doña Marcela González Goye, también con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. Se deja constancia que el detalle íntegro de todo lo argumentado por las partes, y de las pruebas rendidas ha quedado registrado en el audio respectivo, lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto por el legislador procesal penal en los artículos 39 a 44 del código de la materia, de modo que la precisión de cada antecedente puede encontrarse en el soporte informático respectivo, en donde quedó almacenado el referido audio, registro que está a disposición de los intervinientes y del público en general, conforme a la normativa indicada. SEGUNDO: Que, conforme al auto de apertura del juicio oral, los hechos materia de la acusación del Ministerio Público son los siguientes: “El día 22 de julio de 2022, alrededor de las 20:15 horas, en calle Dávila Baeza frente al N° 1005, en la comuna de Independencia, el imputado JHONNAN ANDERSON SALVADOR GONZÁLEZ fue sorprendido manteniendo en su poder, al interior de una mochila, una pistola marca Tangfolio, serie AC09377, con una munición calibre .380 no percutida en su cargador, arma que se encontraba apta para Código: XDCLXFYJSYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el disparo, sin que el imputado contara con las autorizaciones legales para dicho porte o tenencia”. Calificación Jurídica de los hechos: A juicio del órgano persecutor penal, los hechos anteriormente descritos son constitutivos de los siguientes delitos: • TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra b), ambos de la Ley N° 17.798 de Control de Armas, encontrándose en grado de desarrollo CONSUMADO, y • TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra c), ambos de la Ley N° 17.798

Fallo

por tanto estaba apto para el disparo, En la imagen número once: ve la munición que estaba en el cargador de la pistola, y En la imagen número doce: ve la marca y el calibre de la munición encontrada, todo lo que fue de beneficio y utilidad para confirmar sus dichos. Igualmente se incorporan las evidencias consistentes en una (01) mochila de color negro con la leyenda “Converse”, reconociendo la mochila contenedora del armamento exhibido en el set fotográfico, la NUE 6753954, la que fue levantada por él, y una (01) pistola marca Tanfoglio, modelo Forcé 99, un (01) cargador metálico, y un (01) cartucho balístico calibre .380 auto, y reconoce el armamento encontrado al interior de la mochila, arma de color negro con su cargador, marca Tanfoglio y su munición, levantada bajo NUE 6753970, por el suscrito, lo que da cuenta de la efectividad de la incautación y de la cadena de custodia de cada elemento, materia que tampoco fue dubitada por la defensa. 3.- Lo narrado por el funcionario Michael Camilo Figueroa Chávez, Cédula de Identidad Nro. 18.693.772-4, nacido en Santiago el día 30 de noviembre de 1993, de 29 años, casado, Cabo Segundo de la SIP de la 9na. Comisaría de Independencia, domiciliado para estos efectos en Hipódromo Chile N°1025, de la comuna de Independencia. Quien narra, en lo central, que viene a Juicio Oral por el peritaje de un armamento realizado el día 23 de julio del 2022, y aquél fue su único rol en este procedimiento, constatando que el arma que le encargaro

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CONTRA: JHONNAN ANDERSON SALVADOR GONZÁLEZ DELITOS: TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y MUNICIONES RIT N° 120-2023 RUC N° 2.200.708.931-0 Santiago, lunes veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día miércoles veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, mediante sistema híbrido, y ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral e

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