BANCO ITAU CORPBANCA/OLIVARES
Rol
C-17164-2019
Fecha
21 de agosto de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y consideraciones de derecho que en su presentaci n expuso.ó A folio 21, el 8 de julio de 2020, compareci la demandadaó oponi ndose a la ejecuci n y se la tuvo notificada en esta fecha.é ó A folio 25, el 6 de agosto de 2020, no habiendo comparecido la actora evacuando el traslado, se declar admisible la excepci n y, atendidaó ó su naturaleza se omiti recibirla a prueba y se cit a las partes a o ró ó í sentencia. Considerando. Primero: Que la actora fund su pretensi n afirmando ser acreedoraó ó del demandado conforme pagar s por 18,9195; 72,4961; 77,0667 y 20,7132é unidades de fomento, suscritos el 5 de marzo de 2019, con vencimiento al 7 del mismo mes y a o, fecha a partir de la cual devengar a el inter s m ximoñ í é á convencional vigente para operaciones de cr dito de dinero reajustables ené moneda nacional. A ade que en caso de mora o simple retardo en el pagoñ del capital adeudado se devengar a un inter s penal igual al inter s m ximoí é é á convencional se sea permitido estipular. A ade que los pagar s se encuentran autorizados ante Notario, y queñ é se liber al acreedor de la obligaci n de protesto.ó ó C-17164-2019 Foja: 1 Invocando que cuenta con cuatro t tulos perfectos, los que no fueroní pagados al vencimiento referido, solicit se despache mandamiento deó ejecuci n y embargo contra la demandada, por la suma total de 189,1955ó unidades de fomento, y se siga con la ejecuci n hasta el entero y cumplidoó pago de lo adeudado en capital e intereses, con costas. Segundo: Que el demandado opuso la excepci n del n mero 17 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, correspondiente a laí ó prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, alegando que laó ó ó prescripci n de la acci n ejecutiva del pagar es de un a o, el cual seó ó é ñ contabiliza desde el vencimiento del documento y se interrumpe civilmente s lo con la notificaci n de la demanda; a adiendo que en el caso, lasó ó ñ pagar s vencieron el 7 de marzo de 2019, r
Fallo
por tanto, al tenor de lo previsto en el art culo 100 de laí ley 18.092, dicho t rmino se interrumpe solo por la notificaci n de laé ó demanda, lo que en el caso de autos ocurri el 8 de julio de 2020, permiteó colegir que se ha verificado el plazo referido en su totalidad, resultando procedente la oposici n del ejecutado, debiendo darse lugar a su excepci n,ó ó seg n se dir , y negarse lugar a la acci n ejecutiva intentada a folio 1.ú á ó S ptimo: Que, resultando vencido el ejecutante, se le impondr laé á condena en costas. Por tanto, conforme lo expuesto y lo dispuesto en los art culo 2514 yí siguientes del C digo Civil; 434 y siguientes del C digo de Procedimientoó ó Civil; y 98 y siguientes de la ley 18092, se acoge la excepci n deó prescripci n opuesta a folio 21 y se niega lugar a la ejecuci n, con costas.ó ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.-í í í Rol C-17164-2019 C-17164-2019 Foja: 1 Dictada por Carolina Ramírez Reyes, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental,
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C-17164-2019 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17164-2019 CARATULADO : BANCO ITAU CORPBANCA/OLIVARES Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinte Vistos. A folio 1, el 20 de mayo de 2019, compareci Felipe Hern n Fr asó á í Jones, abogado, en representaci n de Banco ITA CORPBANCA,ó Ú sociedad an nima bancaria, continuador
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