27º Juzgado Civil de Santiago

GALDAMES/

Rol

V-140-2020

Fecha

21 de agosto de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: El mérito de la certificación receptorial de fecha 11 de agosto de 2019, realizada por el Receptor Judicial , doña Anyelca Lucas Berna , que acredita que la propiedad de Fermín Vivaceta N°1190, depto. 506 , Comuna de Independencia , se encuentra efectivamente desocupada y lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 18.101, se resuelve: Que ha lugar a lo principal de la solicitud de fecha 22 de julio de 2020, restitúyase la propiedad al solicitante de autos, don Luis Alfredo Galdames corredor de propiedades o a quien su derecho represente. Practíquese la entrega del inmueble por receptor judicial, quien deberá levantar acta de la diligencia, en especial, si existen bienes en el interior del mismo, los que eventualmente quedarán en depósito del solicitante. Regístrese. PRONUNCIADA POR DOÑA XIMENA DÍAZ GUZMÁN, JUEZA SUPLENTE. AUTORIZA DON CHRISTIAN VIERA NARANJO, SECRETARIO SUBROGANTE.- Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-08-21T10:07:36-0400

Fallo

se resuelve: Que ha lugar a lo principal de la solicitud de fecha 22 de julio de 2020, restitúyase la propiedad al solicitante de autos, don Luis Alfredo Galdames corredor de propiedades o a quien su derecho represente. Practíquese la entrega del inmueble por receptor judicial, quien deberá levantar acta de la diligencia, en especial, si existen bienes en el interior del mismo, los que eventualmente quedarán en depósito del solicitante. Regístrese. PRONUNCIADA POR DOÑA XIMENA DÍAZ GUZMÁN, JUEZA SUPLENTE. AUTORIZA DON CHRISTIAN VIERA NARANJO, SECRETARIO SUBROGANTE.- Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-08-21T10:07:36-0400

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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-140-2020 CARATULADO : GALDAMES/ Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinte VISTOS: El mérito de la certificación receptorial de fecha 11 de agosto de 2019, realizada por el Receptor Judicial , doña Anyelca Lucas Berna , que acredita que la propiedad de Fermín Vivaceta N°1190, depto. 50

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