10º Juzgado de Garantía de Santiago

WALMART CHILE S.A.. C/ ISAÍAS EXEQUIEL LEIVA FUENTES

Rol

O-3765-2019

Fecha

22 de mayo de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Que el día 20.10.2019, a las 21.00 horas aproximadamente, un grupo no determinado de sujetos concurrió al supermercado Acuenta ubicado en calle Lo Ovalle Oriente con pasaje 38 de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, para mediante el uso de fuerza proceder a descerrajar y arrancar desde sus bases los portones que guarnecen dicho inmueble, como es el que corresponde al sector de las bodegas, al patio y al que corresponde al ingreso del interior de dicho inmueble. Una Vez en el interior, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, los imputados: ISAÍAS EXEQUIEL LEIVA FUENTES, YARITZA ALEJANDRA ASTORGA OBREQUE, MOISÉS ALEJANDRO SAAVEDRA PÉREZ, JAIME ALFREDO MELENDES OLATTE, BYRON FABIÁN JESÚS ROSS FLORES, ALEXIS ANDRÉS SAAVEDRA ARCE, ABRAHAM PATRICIO LABRA VÁSQUEZ, MANUEL ALEJANDRO MATELUNA JACQUI, NICOLÁS IGNACIO RIQUELME MEJÍAS, GIORGIO PAOLO PALAVECINO RAMOS Y ESTEFANI ANDREA ANTÚNEZ NAVARRETE procedieron a apropiarse de diversas especies, al momento de llegar al lugar funcionarios de la PDI, fueron sorprendidos en circunstancias que estando fuera del recinto comercial huían del lugar con especies en sus manos cada uno de ellos. Momentos en que al verse sorprendidos por funcionarios de la PDI arrojaron las especies al suelo y posteriormente fueron detenidos, recuperándose de esta manera por funcionarios de la PDI 3 bolsas de galletas Santiago, 4 abre latas marca Haus, 9 aceites de 1.5 litros, 20 galletas morocha, 3 Poett de 1.8 litros, 2 Soft de 1 litro, 10 shampoo marca Familand, 11 shampoo quillay, 75 paquetes de espirales marca Acuenta, 24 paquetes de toalla Nova marca Líder, 6 pack de tolla Nova marca Acuenta, 6 toallas de papel de 100 metros marca Abolengo, 30 galletas palomitas, 2 cajas con 12 unidades de aceite Acuenta, 3 cajas de 24 unidades de galletas Gretel, 1 caja con 24 unidades de galletas morocha, 3 cajas de aceite marca Líder con 12 unidades de 1 litro, una caja de aceite marca Belmont de 1 litro, especies que portaban los imputados. Có

Fallo

se declara: l.- Se condena a JAIME ALFREDO MELENDES OLATTE, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, cometido en esta jurisdicción, el día 20 de octubre del año 2019, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II.- Concurriendo los requisitos del artículo 11 de la Ley 18.216 y, la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de CINCUENTA Y CINCO (55) HORAS de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, bajo apercibimiento de detención. La prestación de servicios no podrá extenderse por más de ocho horas diarias y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el imputado acreditare desarrollar. El delegado de Gendarmería de Chile encargado informará a este tribunal, dentro del plazo de 30 días contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada, el lugar donde aquélla se llevará a cabo, el tipo de servicio que prestará el sentenciado y el calendario de su ejecución. Si la pena sustitutiva le fuere quebrantada o revocada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, sin abonos que c

Texto Completo (Preview)

RUC : 1901131938-9 RIT : 3765 - 2019 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : JAIME ALFREDO MELENDES OLATTE CEDULA DE IDENTIDAD : 0019117459-3 DOMICILIO : Pasaje Las Magnolias Nº 6342, comuna de Pedro Aguirre Cerda FISCAL : MARCELO APABLAZA VELIZ DEFENSOR PÚBLICO : IVO ARTEAGA CARTAGENA TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : veintidós de mayo de d

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