M. PUBLICO C/ DIEGO ANDRÉS ASTUDILLO CONTRERAS
Rol
O-1599-2023
Fecha
22 de mayo de 2023
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos:El día 21 de mayo de 2023, aproximadamente a las 18:49 horas, el imputado Diego Andrés Astudillo Contreras, sustrajo desde el supermercado Líder, ubicado en calle Recinto Estación N° 48, Ovalle, dos quesos envasados y dos mantequillas, especies avaluadas en la suma de $17.760, especies que oculto al interior de un bolso tipo banano para luego traspasar las líneas de caja sin pagar su valor comercial, siendo sorprendido por guardias de seguridad en los instantes que hacia abandono del referido comercio. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 49, 70 y 494 bis del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y por tanto se condena a Diego Andrés Astudillo Contreras, cédula nacional de identidad N°18.984.446-8, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de (1/3) de unidad tributaria mensual, por su participación en calidad de autor de la falta de hurto, contemplado en el artículo 494 Bis del Código Penal, frustrado, hecho cometido en la comuna de Ovalle, en perjuicio del Supermercado Líder de esta ciudad, el día 21 de mayo de 2023. II.- Se tendrá por cumplida la multa atendido el mayor tiempo que el sentenciado ha estado privado de libertad en estos antecedentes. III.- Se absuelve al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Darío Díaz Peña y Lillo, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle.- JUZGADO DE GARANTÍA OVALLE Vicuña Mackenna Nº575 Fonos (053) 630044 – 630047 / Fax (053) 632903 Código: LJXWXFNXPGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-23T17:24:32-0400
Fallo
se declara: I.- Que se acoge el requerimiento y por tanto se condena a Diego Andrés Astudillo Contreras, cédula nacional de identidad N°18.984.446-8, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de (1/3) de unidad tributaria mensual, por su participación en calidad de autor de la falta de hurto, contemplado en el artículo 494 Bis del Código Penal, frustrado, hecho cometido en la comuna de Ovalle, en perjuicio del Supermercado Líder de esta ciudad, el día 21 de mayo de 2023. II.- Se tendrá por cumplida la multa atendido el mayor tiempo que el sentenciado ha estado privado de libertad en estos antecedentes. III.- Se absuelve al sentenciado del pago de las costas del procedimiento. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Darío Díaz Peña y Lillo, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Ovalle.- JUZGADO DE GARANTÍA OVALLE Vicuña Mackenna Nº575 Fonos (053) 630044 – 630047 / Fax (053) 632903 Código: LJXWXFNXPGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-23T17:24:32-0400
Texto Completo (Preview)
/acb SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., veintidós de mayo de dos mil veintitres Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado DARIO DIAZ PEÑA Y LILLO RUC 2300550995-5 RIT 1599-2023 Delito Hurto falta, artículo 494 Bis del Código Penal Grado de ejecución frustrado Participación autor Atenuante(s) articulo 11 N° 9 del Código Penal Agravante(s) No concurren
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