ORTIZ/NOVOA
Rol
M-14-2020
Fecha
29 de diciembre de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos coetáneos al despido, señala que con fecha 10 de febrero de 2020, fue despedido por su empleadora vía mensaje de wsp oportunidad en la que se le despide a él y otro trabajador de nombre Cristian Ahumada, según ella porque le habrían faltado el respeto, en circunstancias que solo estaban sobrando su cotizaciones pendiente o impagas y que si no cumplía obviamente irían a la Inspección del Trabajo. Señala que con el fin de hablar personalmente con ella concurrieron el día 11 de febrero de 2020 a su lugar de trabajo, pero solo estaba su hijo en el local, quien ratificó el despido. Después que fue realizado en forma literal y sin expresión de causa legal, realizado sin cumplir formalidades y sin acreditación del pago de las cotizaciones previsionales, ni de salud situación que se mantiene hasta el día de la presentación de la demanda. Segundo: Por lo intempestivo del despido y la forma en que fue hecho el día 12 de febrero de 2020, concurrió a la Inspección del Trabajo a informar lo que había sucedido, donde le tomaron el reclamo correspondiente. Hace presente que con fecha 17 de febrero de 2020 fue entregada en su domicilio una carta, no certificada de comunicación de Aviso de termino de contrato que desde ya hace presente no cumple con los requisitos categóricos copulativos del artículo 162 del Código del Trabajo, para que dicha comunicación sea válida y oponible a su persona, por lo que el demandado deberá acreditar en juicio si le remitió comunicación en tiempo y forma. La comunicación de término de contrato que le fue hecho el día 12 de febrero de 2020, en la que se le informa el término del contrato con esa misma fecha por la causal del artículo 160 N°3 del Código del Trabajo, esto es por faltar reiteradamente por dos días seguidos, y los hechos en que la funda sería no haberme presentado a trabajar los 11 y 12 de febrero del 2020. Comunicación de aviso de término de contrato a la que no se acompañó la acreditación de pago de las cotizaciones previsionale
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 41, 162, 168 y siguientes, artículos 420, 423, 425 a 432, artículos 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo y demás normas citadas; se resuelve que SE ACOGE, de manera íntegra, la demanda de folio 1, y en consecuencia: 1.- Se declara que, existió relación laboral entre las partes del juicio, indefinida y vigente entre el 02 de Noviembre de 2019 al 10 de febrero de 2020, en labores de Garzón y similares en restaurante de su propiedad y/o bajo la dirección de su empleador conocido como “Patagonia Restobar” ubicado en Calle Yumbel N°579 comuna de Linares, en jornada completa y con una remuneración, a la fecha de término del contrato, equivalente a un valor mensual de $351.000. 2.- Se declara que, el despido del que fue objeto el actor, por parte de su ex – empleador, fue injustificado, carente de causa legal, o indebido. Ello en conformidad al artículo 168 inciso 1º del Código Laboral. 3.- Que, como consecuencia de lo anterior, se condena el demandado a pagarle la indemnización sustitutiva de aviso previo, equivalente a $351.000. 4.- Que se la condena asimismo al pago de Feriado Legal Proporcional: Por el periodo 02 de Noviembre de 2019 al 10 de Febrero de 2020, equivalente a tres meses y nueve días, esto es la suma de $67.567, ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 73 del código del Trabajo. 5.- Se declara que el despido de que fue objeto el actor, es nulo por no pago íntegro de sus c
Texto Completo (Preview)
ACTA DE SUSPENSION DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom atendida la contingencia sanitaria Covid-19. FECHA Linares, martes 28 de diciembre de 2021 RIT M-14-2020 RUC 20-4-0263988-2 Materia Despido Injustificado L032 Ingreso 09-abril-2020 MAGISTRADO TITULAR ALEJANDRO
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica