2º Juzgado de Garantía de Santiago

SOCIEDAD CONCESIONARIA COSTANERA NORTE S.A. C/ GUILLERMO ANDRÉS VERA PÉREZ

Rol

O-971-2022

Fecha

19 de mayo de 2023

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y Teniendo Presente: I.- Que ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, tuvo lugar la presente audiencia de procedimiento abreviado con la presencia de la asistente de fiscal de esta ciudad doña Lía Herrera, de la Defensora Penal Privada, doña Karina Salinas Irarrazaval, y del imputado CARLOS ANDRÉS ZENTENO ACEVEDO, ya individualizado, respecto de quien, la asistente de fiscal dedujo acusación verbal por la responsabilidad que le correspondería en el delito de Robo en Bienes Nacionales de Uso Público, hecho previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado. La acusación se fundamenta en que el día 13 de Febrero de 2022, aproximadamente las 23:40 horas los imputados Guillermo Andrés Vera Pérez, Carlos Andrés Zenteno Acevedo, previamente concertados y junto con un sujeto no identificado, utilizaron la fuerza para desprender y desmontar 27 paños de reja metálica divisoria instalados en la Autopista Costanera Norte a la altura del KM 28.800, de propiedad de la concesionaria de dicha autopista y avaluadas en la suma de $2.540.000, apropiándose de las mismas, trasladándolas y cargándolas en la camioneta PPU ED-3601, la que mantenían a un costado de la autopista, en las inmediaciones de la intersección de Av. Presidente Salvador Allende con Av. El Ventisquero, Renca. A juicio del Ministerio Público, en la especie concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal del artículo 12 N° 15 del Código Penal, por haber sido condenado el imputado por delito de mayor gravedad y le favorece la circunstancia atenuante del Código: TDQLXFXNWDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO artículo 11 N° 9 del Código Penal, si es que el imputado acepta el procedimiento abreviado. En definitiva solicita se le aplique la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias le

Fundamentos

fundamentos de la solicitud de la Fiscalía admitió a tramitación el procedimiento abreviado, después de interrogar al acusado y verificar su libre, espontánea y plenamente informada voluntad en orden a proceder de esta forma por los hechos antes referidos y teniendo en consideración, además, que la pena solicitada por la Fiscal en la acusación no supera el límite legal de diez años. Que después de haber oído a la asistente de Fiscal, quien reafirmó su pretensión y reiteró la acusación formulada, resumiendo los antecedentes en que se funda, se ofreció la palabra a la defensa, quien no cuestionó ni los hechos ni la calificación jurídica y solicitó que se le considerara como abono para el cumplimiento de la pena corporal impuesta a su representado, el tiempo que éste ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, sin costas. Acto seguido se preguntó al acusado si tenía algo que manifestar y se procedió a dictar sentencia: CONSIDERANDO: PRIMERO: Que sobre la base del reconocimiento del acusado de los hechos que fundan la acusación, se tiene por establecido que el día 13 de Febrero de 2022, aproximadamente las 23:40 horas los imputados Guillermo Andrés Vera Pérez, Carlos Andrés Zenteno Acevedo, previamente concertados y junto con un sujeto no identificado, utilizaron la fuerza para desprender y desmontar 27 paños de reja metálica divisoria instalados en la Autopista Costanera Norte a la altura del KM 28.800, de propiedad de la concesionaria de dicha autopista y avaluadas en la suma de $2.540.000, apropiándose de las mismas, trasladándolas y cargándolas en la camioneta PPU ED-3601, la que mantenían a un costado de la autopista, en las inmediaciones de la intersección de Av. Presidente Salvador Allende con Av. El Ventisquero, Renca. Código: TDQLXFXNWDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO SEGUNDO: Que los antecedentes de la investigación que han sido aceptados por el acusado y en base a los cuales se dan por establecidos los hechos reseñados, en síntesis, son los que constan en el registro de audio y que se dan por reproducidos en esta parte de la sentencia. TERCERO: Que los hechos señalados en el inciso primero de este

Fallo

fallo configuran el delito de Robo en Bienes Nacionales de Uso Público, hecho previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado. CUARTO: Que en cuanto a la participación del acusado debe tenerse ella por establecida a título de autor, pues a partir de su reconocimiento y restantes antecedentes de la investigación fiscal se ha establecido que tomo parte en la ejecución del hecho de una manera inmediata y directa, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal. QUINTO: El Tribunal tendrá presente que perjudica al imputado la circunstancia agravante del artículo 12 N°15 del Código Penal, por cuanto registra en su extracto de filiación y antecedentes una condena en causa RUC 1701008206-4 dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Talca, con fecha 21 de noviembre de 2018, por los delitos de receptación de vehículo y abigeato, en la que fue condenado a dos penas de 3 años y un día cada una, por hechos ocurridos el 26 de octubre del año 2017, la cual no consta que se encuentre cumplida. Asimismo, se tendrá en consideración que favorece al imputado la circunstancia modificatoria de responsabilidad criminal del artículo 11 N° 9 del Código Penal, esto es, la de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por haber aceptado este procedimiento abreviado, lo que ha permitido al Ministerio Publico compensar dichas circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y le ha permitido solicitar la pena en el mínimo legal. S

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RUC : 2200144545-K RIT : 971-2022 DELITO : Robo en Bienes Nacionales de Uso Público GRADO DESARROLLO : Consumado IMPUTADO : Carlos Andrés Zenteno Acevedo CEDULA DE IDENTIDAD : 19.562.940-4 DOMICILIO : Pueblito La Farfana, Parcela 5 Casa 36, Maipú. PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : 12 N°15 del Código Pena

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica