URTUBIA/SOCIEDAD INMOBILIARIA AVETAR LIMITADA
Rol
O-7952-2020
Fecha
28 de diciembre de 2021
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1. Raúl Andrés Cáceres Donoso, RUT N°19.550.611-6 Oficios: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1. Servicio Agrícola y Ganadero La parte DEMANDADA ABEL CRISTÓBAL VALDÉS SAENZ incorporó los siguientes medios de prueba: Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1. Abel Nicolás Valdés Mujica, RUT N°12.637.749-5 Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 58, 63, 67, 162, 183-a y siguientes y 420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge, la demanda deducida por don ÁLVARO GABRIEL URTUBIA MÉNDEZ en contra de SOCIEDAD INMOBILIARIA AVETAR LIMITADA, solo en cuanto, se declara injustificado el despido que fue objeto con fecha 09 de noviembre de 2020, condenándose, consecuencialmente a la empresa antes individualizada a pagar al actor las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a. Indemnización por lucro cesante por 118 días por la suma total de $10.226.700.- b. Remuneración por 9 días adeudados del mes de noviembre de 2020 por la suma de $779.999.- II. Que las sumas ordenadas pagar en forma precedente deberán serlo con los intereses de acuerdo a lo contemplado en los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se rechaza en lo demás el presente líbelo. IV. Que sin perjuicio que la parte demandante no ha logrado acreditar parte de sus alegaciones, no siendo rechazada en su totalidad el presente libelo, el Tribunal va a condenar en costas a la parte demandante respecto de la acción deducida en contra de ABEL CRISTÓBAL VALDÉS SAENZ estimando que no tuvo ningún motivo plausible para interponer la presente acción respecto de dicho demandado como tampoco haberse opuesto a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta en su contra y haber insistido en la tramitación del presente juicio, incluso obligando al Tribunal a celebrar dos audi
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 (VIRTUAL) RUC 20-4-0312737-0 RIT O-7952-2020 MAGISTRADA ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 13:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040312737-0-1349-2
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