Juzgado de Garantía de Concepción.

MINISTERIO PÚBLICO C/ NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ

Rol

O-5556-2022

Fecha

18 de mayo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos del requerimiento: “El día 25 de julio de 2022, alrededor de las 15:00 horas aproximadamente, encontrándose el imputado adolescente NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ al interior de la tienda comercial Almacenes París ubicada en calle Castellón N° 530 de la comuna de Concepción, sustrajo contra la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro diferentes especies de ropa, entre ellas, polerones y pantalones de polerones marca Adidas, especies todas avaluadas en la suma total de $182.910.- (ciento ochenta y dos mil novecientos diez pesos); todas especies de propiedad de dicha tienda comercial, las cuales mantenía en su poder para luego traspasar el lineal de cajas registradoras sin pagar el valor comercial de dichas especies, siendo detenido por guardias de seguridad en el momento que hacía abandono del lugar.” Sentencia condenatoria en procedimiento simplificado RPA: Ambito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 2210036558-1 RIT 5556 - 2022 Fecha de deliberación 18 de mayo de 2023. Juez redactor TANIA GALGANI UGARTE. RELACIONES: NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ / Hurto simple, artículo 446 N° 3 del Código Penal. Resultado CONDENADO. Código: XRFNXFMGSHK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ. Concepción, dieciocho de mayo de dos mil veintitrés. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6, 15 N° 1, 67, 432, 446 N° 3 y demás aplicables del Código Penal; artículos 30, 36, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 1, 2, 3, 6, 8, 20, 21, 23, 24 y demás aplicables de la Ley 20.084; SE DECLARA: I. Que, se condena al requerido adolescente NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ, R.U.N. 21.632.548-6, ya individualizado, a la sanción de AMONESTACIÓN, por su responsabilidad en calidad de autor del delito frustrado de hurto simple

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se condena al requerido adolescente NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ, R.U.N. 21.632.548-6, ya individualizado, a la sanción de AMONESTACIÓN, por su responsabilidad en calidad de autor del delito frustrado de hurto simple del artículo 446 N° 3 del Código Penal, ejecutado en Concepción el día 25 de julio de 2022. II. Que, atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad en los hechos del requerimiento, se le libera del pago de las costas. III. Que, se decreta la suspensión de la imposición de la sanción y sus efectos por el término de seis meses. Transcurrido el plazo señalado precedentemente, el Tribunal dictará la resolución que en derecho corresponda, en el caso de darse las condiciones que la norma establece. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC 2210036558-1 RIT 5556 - 2022 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Contraorden de detención: Detalle del Hito Despáchese contraorden respecto de NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ. Notificaciones: Sentenciado: NICOLÁS PATRICIO PIZARRO SÁNCHEZ Personalmente en esta audiencia, respecto del contenido de la sentencia condenatori

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Control de la Detención Fecha Concepción, dieciocho de mayo de dos mil veintitrés Magistrado TANIA GALGANI UGARTE Fiscal ROXANA TORRES EADES Abog. querellanteJORGE BELL MARDONES, NO COMPARECE. Abog. querellanteSAIDÉN ESPINOZA MORA, NO COMPARECE. Defensor RODRIGO CAMPOS BUSTOS, conforme al artículo 102 del CPP. Hora inicio 11:44 horas. Hora término 11:54 horas. Sal

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica