MINISTERIO PUBLICO C/ DENISSE DEL CARMEN ESCOBAR ANDIA
Rol
O-722-2022
Fecha
17 de mayo de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de doña DENISSE DEL CARMEN ESCOBAR ANDIA, cédula de identidad N° 12.879.603-7, domiciliado en Sector Troncos Viejos pasaje 10, casa Nº 2466 comuna de Villa Alemana. La audiencia se desarrolló con la presencia de la fiscal adjunto DANIELA FRANCISCA QUEVEDO HENRÍQUEZ, de la parte querellante don VALODIS QUIROZ, con domicilios y formas de notificación ya registradas en el Tribunal, de la mencionada imputada y de su abogado defensor, don SERGIO ANTONIO VILCA LARRONDO, con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de autor, en un ilícito DE HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado FRUSTRADO. El hecho imputado en el requerimiento consistió en que el día el día 09 de marzo de 2022, aproximadamente a las 19.40 horas, la imputada Denisse del Carmen Escobar Andia, ingresó hasta el supermercado Jumbo ubicado en Avenida Ramón Freire 2414, local 1000 del Centro Comercial Portal El Belloto de la comuna de Quilpué, y una vez en su interior sustrajo las siguientes especies: 3 pack bamboo, 2 Omo clásico verde, 2 friogel Silver, 2 CR detox de 400 ml., 2 bálsamo Pantene, 2 ovillos clásico verde, 2 cremas Nivea Q10, 1 set crochat, un palillo circules y un palillo recto, especies todas avaluadas en la suma de $100.940, las cuales ocultó en una bolsa que ésta portaba, para posteriormente traspasar las cajas registradoras sin pagar el valor de Código: CLXXXFNLDXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dichas especies, especies que fueron sustraídas con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño. SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se fundamenta en los hechos indicados, los que c
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a doña DENISSE DEL CARMEN ESCOBAR ANDIA, cédula de identidad N° 12.879.603-7, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado FRUSTRADO, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 09 de marzo de 2022, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC N° 2200229264-9 RIT N° 722 - 2022 Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: CLXXXFNLDXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-19T12:00:36-0400
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 2200229264-9 RIT N° : 722 - 2022 DELITO : HURTO SIMPLE SENTENCIADO : DENISSE DEL CARMEN ESCOBAR ANDIA Quilpué, diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de doña DENISSE DEL CARMEN ESCOBAR ANDIA, cédula de identida
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