MP C/ JEISON DONEIS CARDENAS CALLE
Rol
O-13884-2022
Fecha
18 de mayo de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que los hechos se enmarcan en una investigación que tenía por objeto identificar a un grupo de personas, dedicados de manera concertada y del modo que se indicará, a la venta de drogas en el centro comercial denominado Persa Biobío, ubicado en calle Placer N° , Santiago, sector comercial barrio Franklin, a consumidores que concurren a dicho lugar, en el sector de los estacionamientos y pasillos del mismo, droga que se almacenaba y guardaba en diferentes locales comerciales de su interior. Es así como, durante la investigación llevada a cabo por el Departamento OS de Carabineros, que implicó diligencias de vigilancias, seguimientos, declaraciones de consumidores que adquirían droga de los sujetos investigados, y en particular la utilización de la técnica del agente revelador estipulada en el Art de la Ley , y procedimiento de entrada y registro ejecutado con fecha de diciembre de , se imputan los siguientes hechos: PROCEDIMIENTO ENTRADA Y REGISTRO: Con fecha de diciembre de , en procedimiento policial ejecutado por el Departamento Antidrogas OS de Carabineros de Chile, en ejecución de orden de entrada, registro e incautación extendida por el ° Juzgado de Garantía de Santiago, los imputados GERSON ALEJANDRO REALPE ANGULO, CARLOS SANTOS VALENCIA, JEISON DAMEIS CARDENAS CALLE, VICTOR MANUEL NOGUERA VALENCIA, ANDRÉS EDUARDO TUDARES BERRIO, ORLIN CULMAN CARABALI, VICTOR JAVIER MOJICA SILVERIO, JAIME JAVIEL Código: BLGEXFFKPEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REYNOSO BRITO, ANDERSON MARÍN CABRERA, EISLEEN JACKELINE CORNELIO PONCE, y LUCEYVY DIAZ BONILLA, fueron sorprendidos cometiendo los siguientes delitos, previstos y sancionados en la Ley : CENTRO COMERCIAL PERSA BIOBIO, ubicado en calle Placer N° , comuna de Santiago. Alrededor de las : horas, los imputados ANDERSON MARÍN CABRERA, GERSON ALEJANDRO REALPE ANGULO, CARLOS SANTOS VALENCIA, JEISON DAMEIS CARDENAS CALLE, VICTOR MANUEL NOGUERA VALEN
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a LUCEYVY DIAZ BONILLA y ANDRES EDUARDO TUDARES BERRIO, ya individualizados, a cumplir una pena de CIENTO SESENTA ( ) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, al pago de una multa que se regula en UTM , y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico en pequeñas cantidades, Código: BLGEXFFKPEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl previsto y sancionado en el artículo de la Ley , en grado de ejecución de consumado, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día de diciembre de . II.- Que, la pena privativa de libertad y la pecuniaria impuesta a ambos sentenciados, se le tienen por cumplidas con el mayor tiempo en que los sentenciados han permanecido privado de libertad con motivo de esta causa en razón de la medida cautelar de prisión preventiva, desde el día de diciembre de . III.- Que se ordena el registro de la huella genética de los sentenciados LUCEYVY DIAZ BONILLA y ANDRES EDUARDO TUDARES BERRIO, en el registro de condenados, de acuerdo a lo previsto en el artículo de la Ley y artículo de su Reglamento, previa toma de muestras biológicas, si fuere necesario. IV.- Que se decreta el comiso de las especies efecto del delito. V.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime al sentenciado del pago de costas en virtud del artículo 6 del Código Orgánico de
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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE RUC: - RIT: - IMPUTADO: LUCEYVY DIAZ BONILLA C.I. 6 -K IMPUTADO: ANDRES EDUARDO TUDARES BERRIO C.I. 6 6 - DELITO Tráfico pequeñas cantidades ARTICULO Artículo ° Ley PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES A
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