Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ FRANCISCO ANDRÉS ARAYA MURA

Rol

O-757-2022

Fecha

17 de mayo de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 29, 49 y 436 y 439 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, artículo 17 de la Ley 19.970; se declara: I.- Que, SE CONDENA a FRANCISCO ANDRÉS ARAYA MURA, RUN N° 17.986.534-3, ya individualizado, como autor de TRES delitos consumados de robo con intimidación, cometidos en Puerto Montt el día 01 de febrero de 2022, en perjuicio del menor de edad de iniciales “B.E.A.A.”, el día 06 de febrero de 2022, en perjuicio de “Enory Gamboa Urdaleta” y el 09 de marzo de 2022, en perjuicio de “Ramón Almonacid Mansilla” a la PENA de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, SE CONDENA a MANUEL ALEJANDRO ASTUDILLO ASTUDILLO RUN N° 15.777.970-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo con intimidación, cometidos en Puerto Montt el día 06 de febrero de 2022, en perjuicio de “Enory Gamboa Urdaleta” a la PENA de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. III.- Que, respecto de ambos sentenciados, la pena privativa de liber

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Sentencia: Puerto Montt, diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 29, 49 y 436 y 439 del Código Penal; artículos 45,

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