2º Juzgado Civil de Rancagua

TAPIA/

Rol

V-449-2019

Fecha

17 de agosto de 2020

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Atendido el m rito de autos, teniendo presente que do a Mar a Silviaé ñ í Briones Moreno presenta un grado de discapacidad Global Severa / 80,00% en el Registro Nacional de Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, que la informaci n sumaria de testigos da cuenta que, el peticionario,ó ó efect a los cuidados de su madre, debido a que sta no se encuentra capacitadaú é para procurarse estos en forma independiente, circunstancias que fueron corroboradas en audiencia de 14 de julio ltimo, oportunidad en la cual si bienú hubo interacci n con do a Mar a, no logr contestar en forma completa yó ñ í ó coherente el cuestionario dirigido por este tribunal y, de conformidad con lo dispuesto en el art culo 4° de la Ley N° 18.600, en relaci n al art culo nico deí ó í ú la Ley N° 19.954, se resuelve: I.- Que se decreta la interdicci n definitiva, por demencia, de ó do a Mar añ í Silvia Briones Moreno, RUN N°5.406.210-9, domicilia en Avenida Somoche N°1420, Poblaci n Santa Sof a Tres, Rancagua.ó í II.- Se designa a don Sebasti n Alexis Tapia Briones, RUN N°6.742.843-9,á hijo de la discapacitada, de su mismo domicilio, como su curador definitivo. III.- Aceptado el cargo, una copia autorizada de esta sentencia, servir a laá persona designada de suficiente discernimiento, liber ndola de la obligaci n deá ó rendir fianza y de confeccionar inventario, bastando s lo un apunte privadoó conforme al art culo 380 del C digo Civil.í ó Inscr base en el Registro de Interdicciones del Conservador de Bienes Ra cesí í de esta ciudad. Pract quese las publicaciones dispuestas en el art culo 447 del C digo Civil,í í ó en concordancia con el art culo 461 del mismo cuerpo legal.í Reg strese, notif quese personalmente o por c dula, obt nganse copias al tenor deí í é é lo dispuesto en el inciso final del art culo 4 de la Ley 20.886 y arch vese en suí í oportunidad. Dictada por do a Andrea Alfaro de la Fuente, Jueza Suplente del Segundoñ Juzgado Civil de Rancagua.

Fallo

se resuelve: I.- Que se decreta la interdicci n definitiva, por demencia, de ó do a Mar añ í Silvia Briones Moreno, RUN N°5.406.210-9, domicilia en Avenida Somoche N°1420, Poblaci n Santa Sof a Tres, Rancagua.ó í II.- Se designa a don Sebasti n Alexis Tapia Briones, RUN N°6.742.843-9,á hijo de la discapacitada, de su mismo domicilio, como su curador definitivo. III.- Aceptado el cargo, una copia autorizada de esta sentencia, servir a laá persona designada de suficiente discernimiento, liber ndola de la obligaci n deá ó rendir fianza y de confeccionar inventario, bastando s lo un apunte privadoó conforme al art culo 380 del C digo Civil.í ó Inscr base en el Registro de Interdicciones del Conservador de Bienes Ra cesí í de esta ciudad. Pract quese las publicaciones dispuestas en el art culo 447 del C digo Civil,í í ó en concordancia con el art culo 461 del mismo cuerpo legal.í Reg strese, notif quese personalmente o por c dula, obt nganse copias al tenor deí í é é lo dispuesto en el inciso final del art culo 4 de la Ley 20.886 y arch vese en suí í oportunidad. Dictada por do a Andrea Alfaro de la Fuente, Jueza Suplente del Segundoñ Juzgado Civil de Rancagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, diecisiete de Agosto de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020,

Texto Completo (Preview)

FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-449-2019 CARATULADO : TAPIA/ Rancagua, diecisiete de Agosto de dos mil veinte Vistos: Atendido el m rito de autos, teniendo presente que do a Mar a Silviaé ñ í Briones Moreno presenta un grado de discapacidad Global Severa / 80,00% en el Registro Nacional de Discapacidad, a cargo del Servicio de Reg

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