ÁGUILA/
Rol
V-68-2019
Fecha
14 de agosto de 2020
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que con fecha 29 de noviembre del año 2019, comparece don Juan Octavio Águila Haro, pensionado, cédula de identidad N° 4.712.573-1, domiciliado en calle Argomedo N° 828, comuna de Castro; iniciando gestión voluntaria de información para perpetua memoria, de acuerdo a los siguientes antecedentes. Expone, que sería propietario de un inmueble ubicado en calle Argomedo N° 99 de la comuna de Castro, inscrito a fojas 163 N° 174 del Registro de Propiedad del año 1979 del Conservador de Bienes Raíces de Castro. Añade que dicho lo inmueble lo adquirió por compraventa del Servicio de Vivienda y Urbanización de Castro, mediante escritura privada protocolizada de fecha 27 de julio del año 1978. Relata, en que dicha escritura privada de compraventa del año 1978, se lo individualiza a él como comprador con el nombre de “Juan O. Águila Haro”. Indica que la inscripción de dominio del inmueble ya mencionada, también se lo individualiza como “Juan O. Águila Haro”. Señala, que él como dueño del inmueble, lo habría vendido a doña Yasna Águila Pérez, pero que tras intentar realizar la inscripción de la compraventa ante el Conservador de Bienes Raíces de Castro, el funcionario se niega a inscribir la compraventa, indicando existe un defecto en cuanto a la identidad legal de quien vende el inmueble, y quien aparece como titular de la inscripción de dominio. Precisa que el defecto que originaría el reparo del Conservador de Bienes Raíces, sería que el nombre con que figura como titular de la inscripción de dominio del inmueble del Registro de Propiedad del año 1979 del Conservador de Bienes Raíces de Castro es “Juan O. Águila Haro”, en cambio el nombre con el que figura en la escritura pública de compraventa y en su certificado de nacimiento es “Juan Octavio Águila Haro”. Pide, que se reciba información de testigos, para corroborar que él Juan Octavio Águila Haro, es la misma persona que “Juan O. Águila Haro”, propietario del inmueble ubicado en calle A
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE APRUEBAN las declaraciones testimoniales, prestadas por Guillermina Loretto Venegas Cárdenas y Esteban José Alvarado González con fecha 14 de enero de 2020 y agregadas a folio 8, en el marco de la gestión de información para perpetua memoria, requerida por don Juan Octavio Águila Haro, ya individualizado. II.- Que SE RECHAZAN las peticiones adicionales de la apoderada del solicitante, por improcedentes. Regístrese notifíquese y archívese en su oportunidad. Pronunciada por don JORGE ANDRÉS IBARROLA ÁVILA, Juez Subrogante del Juzgado de Letras de Castro Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Castro, catorce de Agosto de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-08-14T11:11:41-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : Juzgado de Letras de Castro CAUSA ROL : V-68-2019 CARATULADO : ÁGUILA Castro, catorce de Agosto de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que con fecha 29 de noviembre del año 2019, comparece don Juan Octavio Águila Haro, pensionado, cédula de identidad N° 4.712.573-1, domiciliado en calle Argomedo N° 828, comuna de Castro; iniciando gestión vol
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