MP QTA C/ JOSÉ LUIS ORTEGA MUÑOZ
Rol
O-463-2023
Fecha
16 de mayo de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 23 de febrero del año 2023, aproximadamente las 23:15 horas, personal de Carabineros fiscalizó en calle Hanga Roa con calle Agustín Avezón al vehículo placa patente PB 98-43 el que era conducido por el imputado JOSÉ LUIS ORTEGA MUÑOZ. Al fiscalizarlo el imputado tenía hálito alcohólico, sometiéndolo a la prueba respiratoria la cual dio como resultado que conducía con 0.98 gramos por mil de alcohol en la sangre, además se pudo determinar que el imputado no portaba licencia conducir ya que nunca la ha obtenido. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en los artículos 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 67, 70 del Código Penal; artículos 196 y 209 de la ley 18.290; artículos 406, 412 y 413 del Código Procesal Penal y demás normas legales pertinentes se declara: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ LUIS ORTEGA MUÑOZ, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS (541) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Conducción en estado de ebriedad agravado, ejecutado en grado de consumado, cometido en este territorio jurisdiccional. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos estatuidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le concede la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna, cuyo lugar de cumplimiento estará condicionado al informe de factibilidad técnica, que será de cargo de la Defensoría Penal Pública, fijándose audiencia para tales efectos, el día 04 de julio de 2023, a las 09.30 horas, sala 2. Los intervinientes quedan notificados Código: PXXQXFWBYLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl personalmente de la audiencia programada, el imputado, bajo apercibim
Fallo
se declara: I.- Que SE CONDENA a JOSÉ LUIS ORTEGA MUÑOZ, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS (541) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Conducción en estado de ebriedad agravado, ejecutado en grado de consumado, cometido en este territorio jurisdiccional. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos estatuidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le concede la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna, cuyo lugar de cumplimiento estará condicionado al informe de factibilidad técnica, que será de cargo de la Defensoría Penal Pública, fijándose audiencia para tales efectos, el día 04 de julio de 2023, a las 09.30 horas, sala 2. Los intervinientes quedan notificados Código: PXXQXFWBYLH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl personalmente de la audiencia programada, el imputado, bajo apercibimiento del artículo 33 del Código Procesal Penal. III.- Que se impone la pena de multa ascendente a UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se tiene por cumplida, por el tiempo que el imputado permaneció privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, 22 de febrero de 2023. IV.- Que se impone la sanción accesoria de prohibición de obtener licencia de conducir vehículos motorizados por el plazo de dos años. V.- Ejecutoriada esta sentencia,
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TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2300206337-9 RIT: 463 - 2023 CONDENADO: JOSÉ LUIS ORTEGA MUÑOZ RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0013764137-2 CALLE RICARDO CANALES, VILLA GONZALO DE LOS RIOS Nº 1181 QUILLOTA DELITO: CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. PROCEDIMIENTO ABREVIADO Quillota, dieciséis de mayo de dos mil veintitrés HECHOS: El día 23 de febrero del año 2023, a
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