2º Juzgado de Letras de Calama

ASMUSSEN/

Rol

V-312-2020

Fecha

14 de agosto de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de abril de 2020, siendo las 11:35 horas, doña Tracy Ortiz Gallardo, chilena, soltera, Abogada, cédula de identidad N°17.330.640-7, en representación de doña CLAUDIA LUISA ASMUSSEN CARRASCO, chilena, casada, independiente, cédula de identidad N° 9.978.287-0, ambas domiciliadas en Condominio Las Gredas N° 1925, departamento 404-B, comuna Arica, Región de Arica y Parinacota, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 200 hectáreas, a la que denominó “CLAUDIA 3A”, cuyo punto medio se sitúa en la Comuna de San Pedro de Atacama, Provincia de El Loa, Región de Antofagasta, y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.368.000,00 metros; AL ESTE 560.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 17 de abril de 2020, a fojas 1431 bajo el Nº 971, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.020. TERCERO: Que con fecha 04 de mayo de 2020, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 42.646, CVE 1756914, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 2.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.368.000,00 560.500,00 V1 7.369.000,00 560.000,00 V2 7.369.000,00 561.000,00 V3 7.367.000,00 561.000,00 V4 7.367.000,00 560.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 4615, de fecha 10 de agosto de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “CLAUDIA 3 A”, sobre una superficie total de 200 hectáreas, a favor de CLAUDIA ASMUSSEN CARRASCO antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 días que dispone el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro de Descubrim

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FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-312-2020 CARATULADO : ASMUSSEN/ Calama, catorce de Agosto de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de abril de 2020, siendo las 11:35 horas, doña Tracy Ortiz Gallardo, chilena, soltera, Abogada, cédula de identidad N°17.330.640-7, en representación de doña CLAUDIA LUISA A

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