MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL ALEJANDRO MARINAO FUENTES
Rol
O-2298-2022
Fecha
11 de mayo de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: San Fernando, once de mayo de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 12 Nº 16, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, 70, artículo 446 Nº 3 del Código Penal; disposiciones de la ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MANUEL ALEJANDRO MARINAO FUENTES, RUN Nº 0012827983-0, chileno, domiciliado en Villa Valparaíso Quintay Nº 11778, El Bosque, Region Metropolitana, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, todo lo anterior por su responsabilidad como autor en el delito de Hurto simple, en grado de consumado, previsto sancionado en el artículo 446 Nº 3 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de San Fernando, el día 02 de septiembre de 2022. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta se le concede el plazo de cuatro parcialidades mensuales iguales y sucesivas, haciendo presente que el no pago de una de ellas hará exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido. Venciendo la primera cuota hasta el último día hábil del mes de junio de 2023 y las restantes dentro de los meses siguientes hasta el último día hábil de cada mes respectivo, debiendo acreditar el pago ante el Tribunal. Que en el evento que el sentenciado careciere de bienes para satisfacer la pena de multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de Código: CXTLXFXQZKG Este documento tiene f
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 12 Nº 16, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, 70, artículo 446 Nº 3 del Código Penal; disposiciones de la ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a MANUEL ALEJANDRO MARINAO FUENTES, RUN Nº 0012827983-0, chileno, domiciliado en Villa Valparaíso Quintay Nº 11778, El Bosque, Region Metropolitana, a sufrir la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, todo lo anterior por su responsabilidad como autor en el delito de Hurto simple, en grado de consumado, previsto sancionado en el artículo 446 Nº 3 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de San Fernando, el día 02 de septiembre de 2022. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta se le concede el plazo de cuatro parcialidades mensuales iguales y sucesivas, haciendo presente que el no pago de una de ellas hará exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido. Venciendo la primera cuota hasta el último día hábil del mes de junio de 2023 y las restantes dentro de los meses sig
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Juan Jiménez de León 1525 – San Fernando. Fono: 722718990 – 722718968 - 722718997 jgsanfernando@pjud.cl AUDIENCIA DE Juicio Oral Simplificado EFECTIVO once de mayo de dos mil veintitrés Ruc: 2200864263-3 Rit: 2298 – 2022 Hora Inicio:12:39 Hora Término: 13:05 Imputado: MANUEL ALEJANDRO MARINAO FUENTES C.I. N° 0012827983-0 Comparece: SI, privado de libertad en Santiago 1, en causa rit 1668-2023 del
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