14º Juzgado de Garantía de Santiago

MATÍAS IGNACIO CORTÉS LABBÉ C/ VÍCTOR MANUEL ESCOBAR MANSILLA

Rol

O-1152-2023

Fecha

12 de mayo de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos “Que, el día 1 de marzo de 2023, siendo aproximadamente las 12:00 horas, en circunstancias que el requerido se encontraba al interior del establecimiento comercial Falabella, ubicado en Avenida Vicuña Mackenna N° 7110, comuna de La Florida, desde donde procedió a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño diversas especies, las que fueron avaluadas por la víctima en la suma total de $71.980.-, siendo detenido luego de haber traspasado el lineal de cajas por personal de seguridad del mismo local comercial.” Delito y grado de desarrollo Hurto simple, previsto y sancionado en el Artículo 446 Nº 3 del Código Penal, ilícito en grado de desarrollo consumado. Participació n Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes Artículo 11 N° 9 del Código Penal.Circunstancidificatori Agravantes Artículo 12 N° 16 del Código Penal. SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a VÍCTOR MANUEL ESCOBAR MANSILLA ya individualizado, en calidad de autor de un delito de Hurto simple, previsto y sancionado en el Artículo 446 Nº 3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 1 de marzo de 2023, en la comuna de La Florida, a sufrir una pena de 51 días de prisión en su grado máximo,accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, a pagar una multa de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual. II. Que la pena de multa, se tendrá por cumplida con el día 02 de marzo de 2023 que el imputado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III. Que por reunir el sentenciado con los requisitos establecidos en el artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad, por la reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo quedar sujeta al control a través del monitoreo telemático, ordenándose entonces se oficie a Gendarmería para efectos de que practique un informe de factibilidad técnica en el domicilio de aquel para que cumpla en esta modalidad debiendo permanecer en su domicilio,

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a VÍCTOR MANUEL ESCOBAR MANSILLA ya individualizado, en calidad de autor de un delito de Hurto simple, previsto y sancionado en el Artículo 446 Nº 3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 1 de marzo de 2023, en la comuna de La Florida, a sufrir una pena de 51 días de prisión en su grado máximo,accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, a pagar una multa de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual. II. Que la pena de multa, se tendrá por cumplida con el día 02 de marzo de 2023 que el imputado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III. Que por reunir el sentenciado con los requisitos establecidos en el artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad, por la reclusión parcial domiciliaria nocturna, debiendo quedar sujeta al control a través del monitoreo telemático, ordenándose entonces se oficie a Gendarmería para efectos de que practique un informe de factibilidad técnica en el domicilio de aquel para que cumpla en esta modalidad debiendo permanecer en su domicilio, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente; queda citado al C.R.S SANTIAGO ORIENTE para el día 12 de Código: RXMBXFXSXSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl junio de 2023, a las 08:30 horas, para efectos que se proceda a la instalación del referido dispositiv

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2300231095-3 RIT : 1152 – 2023 IMPUTADO : VÍCTOR MANUEL ESCOBAR MANSILLA Cédula de Identidad : 18.191.573-0 Fecha de nacimiento : 24-11-1992 Domicilio : Calle Santa Raquel Nº 4442, block 6, dpto. 15, La Florida. PROCEDIMIENTO : Simplificado Fecha de sentencia : doce de mayo de dos mil veintitrés JUEZ : CECILIA ANDREA TONCIO DONOSO Hechos “Que, e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica