ALBEMARLE LIMITADA (ROCKWOOD LITHIUM)/
Rol
V-101-2020
Fecha
13 de agosto de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO.- Que, don Cristian Carrillo Gajardo, chileno, divorciado, abogado, c dula de identidad Nº 16.019.043-4 en representaci n deé ó Albemarle Limitada, sociedad Chilena del giro minero no met licoá , RUT. N°85.066.600-8, ambos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea N°3162, oficina 202, Las Condes, Santiago, con fecha 21 de enero de 2020, siendo las 17:26 horas, solicitó concesi n minera de exploraci n, que denominar ó ó á “LILA 19 B”, con una superficie de 600 hect reas.á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 409 bajo el N° 311, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 28 de enero de 2020. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 10 de febrero de 2020, Diario Oficial, edici n Nº 42.575 seg n ejemplar acompa ado, eló ú ñ que consta en autos. CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 23 de junio de 2020, mediante ordinario N° 3778, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pago deó la tasa de pedimento y la patente proporcional, seg n consta en autos.ú SEXTO.-. Que, en el plano de las concesiones mineras de exploraci n,ó consta que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superioré del pedimento minero denominada “LILA 19 B” con una superficie de 600 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó VERTICE NORTE ESTE P.M. 7.382.000,00 560.500,00 V 1 7.383.000,00 559.000,00 V 2 7.383.000,00 562.000,00 V 3 7.381.000,00 562.000,00 V 4 7.381.000,00 559.000,00 SEPTIMO.- Que con fecha 10 de julio de 2020, se trajeron los autos
Fundamentos
considerando: que, del an lisis de los antecedentes queá obran en autos y el m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a yé é í Miner a, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan viciosí procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n deó ó exploraci n o la declaraci n de caducidad, por lo que es procedente acceder a loó ó solicitado. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,
Fallo
Fallo : 10 de julio de 2020 Calama, trece de agosto de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO.- Que, don Cristian Carrillo Gajardo, chileno, divorciado, abogado, c dula de identidad Nº 16.019.043-4 en representaci n deé ó Albemarle Limitada, sociedad Chilena del giro minero no met licoá , RUT. N°85.066.600-8, ambos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea N°3162, oficina 202, Las Condes, Santiago, con fecha 21 de enero de 2020, siendo las 17:26 horas, solicitó concesi n minera de exploraci n, que denominar ó ó á “LILA 19 B”, con una superficie de 600 hect reas.á SEGUNDO.- Que, el pedimento minero fue inscrito a fojas 409 bajo el N° 311, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 28 de enero de 2020. TERCERO.- Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 10 de febrero de 2020, Diario Oficial, edici n Nº 42.575 seg n ejemplar acompa ado, eló ú ñ que consta en autos. CUARTO.- Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 23 de junio de 2020, mediante ordinario N° 3778, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO.- Que, el peticionario dio cumplimiento a la obligaci n de pago deó la tasa d
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FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-101-2020 CARATULADO : ALBEMARLE LIMITADA (ROCKWOOD LITHIUM)/ NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-101-2020 CARATULADO : ALBEMARLE LIMITADA(ROCKWOOD LITHIUM)/ F/p/Fallo : 10 de julio de 2020 Calama, trece de agosto de dos mil veinte. VISTOS: PRIME
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