OROZCO/SERVIMAQ SPA
Rol
M-1430-2020
Fecha
22 de diciembre de 2021
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Consta íntegramente en audio. El tribunal resuelve Atendido al hecho de no haber comparecido la demandada al proceso y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del N°1 del artículo 453 del Código del Trabajo, a juicio de esta juez no existen hechos, sustanciales, pertinentes y controvertidos, por lo que haciendo aplicación de lo dispuesto en inciso 2° del N°3 de la norma antes referida no se recibirá la causa a prueba procediéndose a dictar sentencia. PRIMERO: Que compareció al juicio don HUMBERTO JOSÉ OROZCO ORTIZ, C.I. domiciliado en San Diego 895, comuna y ciudad de Santiago, quién interpuso demanda sobre nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra de SERVIMAQ SpA, a fin que se declare injustificado su despido y se condenará a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, recargo, días trabajados de febrero del 2020, feriado proporcional, bonos por trabajo realizados fuera de la ciudad de Santiago; además de las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido de la convalidación del mismo y cotizaciones de Seguridad Social debidas, todo con reajustes, intereses y costas. Señala que ingresó al prestar servicios para la demandada por fecha 18 de octubre del 2018 como maestro soldador, con una última remuneración de $500.000, añade que fue despedido verbalmente con fecha 13 de febrero del año 2020; expone que se le deuda la remuneración de febrero del 2020, feriado proporcional y bono por trabajos fuera de Santiago correspondiente a $50.000 cada viaje debiéndose dos; explica que además se le deben las cotizaciones de Seguridad Social de octubre de 2018 a septiembre del 2019 y febrero del 2020. SEGUNDO: Que la demandada no contestó la demanda, precluyendo su derecho a controvertir los hechos contenidos en ella, razón por la cual y atendido lo dispuesto en el inciso séptimo del número 1 del artículo 453 del có
Fundamentos
considerando precedente y en virtud de lo dispuesto en los artículos séptimo y octavo código del trabajo, los cuales disponen que el contrato de trabajo es una convención por la cual empleador y trabajador se obligan recíprocamente una prestar servicios bajo dependencia y subordinación y la otra a pagar por los mismos debiendo presumirse la calidad de tal de toda labor que tenga esas características, se dará por establecida la existencia de relación laboral entre las partes entre el 18 de octubre del 2018 y 3 de febrero del 2020, desempeñándose el actor como maestro soldador y con una última remuneración de $500.000. QUINTO: De la misma forma se tiene por establecido que el empleador puso término al contrato de trabajo del actor con fecha 13 de febrero del 2020 en forma verbal. SEXTO: Asimismo se determina que la demanda deuda la remuneración, feriado proporcional, bonos y cotizaciones de Seguridad Social reclamadas en autos. SEPTIMO: Que encontrándose debidamente establecido que no se encuentran pagadas las cotizaciones de Seguridad Social reclamadas en autos,
Fallo
se declara nulo el despido y la demandada deberá solucionar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo entre la fecha del despido y la convalidación del mismo, además de las cotizaciones de Seguridad Social de octubre del 2018 a septiembre 2019 y 19 de febrero del 2020, todo en base a una remuneración de $500.000. OCTAVO: Que habiéndose despidido verbalmente el actor, se declarará su despido como injustificado. NOVENO: Que encontrándose establecido que se debe la remuneración de febrero del 2020, feriado proporcional y bonos, se accederá a la demanda a su respecto. Y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 73, 162, 168 y 453 del Código de Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda de autos interpuesta por don HUMBERTO JOSÉ OROZCO ORTIZ, en contra de SERVIMAQ SpA y en consecuencia se declara nulo e injustificado el despido de que fue objeto el actor; II. Que la demanda deberá pagar la suma de $500.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; III. Que la demandada deberá pagar la suma de $500.000 por concepto de indemnización por años de servicio; IV. Que la demandada deberá pagar la suma de $250.000 por concepto de recargo legal. V. Que la demanda deberá pagar la suma de $216.667 por concepto de remuneración de febrero del 2020: VI. Que la demanda deberá pagar la suma de $309.737 por concepto de feriado proporcional; VII. Que la demanda deberá pagar la suma de $100.000 por concepto de bonos por trabajos fuer
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 22 de diciembre de 2021 RUC 20-4-0269989-3 RIT M-1430-2020 CARATULADO OROZCO/SERVIMAQ SPA MAGISTRADA ANGELICA PAULINA PEREZ CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Christian Rauld Dercolto HORA DE INICIO 11:30 HORA DE TERMINO 11:40 SALA Sala virtual 7 (4.1) Nº R
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