ANONIMIZADO
Rol
V-63-2023
Fecha
26 de abril de 2023
Materia
CONVIVENCIA NOTIFICACION CESE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Habiéndose notificado legalmente el cese de la convivencia a don Paul y visto el mérito de lo dispuesto en el Artículo 25 inciso N° 3, Ley 19.947 en relación al Artículo 23 de la Ley 19.968, se resuelve: Téngase por concluida la gestión. Notifíquese por estado diario,...
Fallo
se resuelve: Téngase por concluida la gestión. Notifíquese por estado diario,...
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Familia de Punta Arenas – José Miguel Carrera N° 450 Casilla 110-D - Teléfono: 61-2222223 Correo Electrónico: jfpuntaarenas@pjud.cl RIT : V-63-2023 Herrera F. Ing.: 13/04/2023 RUC: 23- 2-3662163-4 Proc.: Voluntario Forma Inicio: Solicitud Punta Arenas, veintiséis de abril de dos mil veintitrés. Téngase presente la notificación realizada a la parte solicitada, pasen los autos para resolv
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica