EDUARDO ANDRES DIAZ AHUMADA C/ JUAN CARLOS MÉNDEZ MORALES
Rol
O-16138-2020
Fecha
5 de mayo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1 y 442 del Código Penal; artículos 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a JUAN CARLOS MÉNDEZ MORALES, ya individualizado, de ser autor de los hechos ocurridos con fecha 08 de mayo del año 2020, en esta jurisdicción. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Téngase a los intervinientes por notificados. Se ordena el archivo de los antecedentes, en su oportunidad. Dictada por doña ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.//grl Código: GTNNXFEMYXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-09T09:28:33-0400
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a JUAN CARLOS MÉNDEZ MORALES, ya individualizado, de ser autor de los hechos ocurridos con fecha 08 de mayo del año 2020, en esta jurisdicción. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Téngase a los intervinientes por notificados. Se ordena el archivo de los antecedentes, en su oportunidad. Dictada por doña ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar.//grl Código: GTNNXFEMYXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-09T09:28:33-0400
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Fecha Viña del Mar, cinco de mayo de dos mil veintitrés. RUC 2000482481-5 RIT 16138 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JUAN CARLOS MÉNDEZ MORALES. 000699668 4-5 Sector Forestal Tranque Sur Calle Lluta Nº 151 Viña del Mar. SENTENCIA: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del
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