FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./DELGADILLO
Rol
C-30616-2018
Fecha
10 de agosto de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, en estos autos ejecutivos Rol N 30616-2018, comparece don° LUIS FELIPE OLAVARRIA ADVIS, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencionaló de FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A.., y sta a su vez representada por doné Mauricio Alejandro Fuenzalida Espinoza, ingeniero comercial, en su calidad de Gerente General, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N 3365, Piso 3, Comunaº de Las Condes, Regi n Metropolitanaó . Sostiene que es due o del ñ pagar N 1017359 suscrito el 13 de marzo de 2017, por do aé ° ñ Magaly Delgadillo Benavides, ignora profesi n u oficio, domiciliada en calle Sans n Carrasco Nó ó ° 520, Depto. 14, edificio 7, Arica, por la suma de $10.951.902.-, pagadero en 25 cuotas mensuales y sucesivas, venciendo la primera de ellas el d a 25 de abril de 2017 y las restantes losí d as 25 de los meses siguientes.í Indica que el monto de capital e intereses de cada una de las cuotas mensuales n merosú 1 a la 12, ambas inclusive, es de $400.696.- y por un monto de $367.715.- las cuotas n meros 13ú a las 24 y por $6.245.000.- la cuota N 25.° Expone que el referido pagar se ala que la falta de pago de cualquiera de las cuotas ené ñ las que se ha dividido el pago de la deuda, o de sus reajustes e intereses, dar a derecho alí acreedor para exigir la totalidad de ellas y sus reajustes e intereses indicados, consider ndose ipsoá facto la obligaci n como de plazo vencido. ó Expresa que se pact que en caso de mora o simple retardo en el pago de las cuotas y deó los intereses que correspondiesen dar a lugar a que se devenguen por la mora o retardo el inter sí é m ximo convencional para operaciones de cr dito en dinero en moneda nacional reajustables,á é que la ley permite estipular, hasta la fecha del pago efectivo. Se ala que el ejecutado ha pagado s lo 13 de las 25 cuotas pactadas, constituy ndose enñ ó é mora a partir de la cuota N 14, con vencimiento el d a 25 de mayo de 2018 y siguientes, por lo° í que el capi
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, adem s, lo dispuesto en los art culos 144,á í 160, 170, 434, 464, 470, y 471 del C digo de Procedimiento Civil; 1545, 1698 del C digo Civil;ó ó la Ley 18.092, se resuelve: I.- Que, se acoge la excepci n de prescripci n de la acci n ejecutiva, contenida en eló ó ó numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado coní ó fecha 15 de mayo de 2020. II.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese y notif quese.í í PRONUNCIADA POR DO A MAR A PAULA MERINO VERDUGO, JUREZÑ Í TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Agosto de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-08-10T13:56:43-0400
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C-30616-2018 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-30616-2018 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./DELGADILLO Santiago, diez de Agosto de dos mil veinte VISTOS: PRIMERO: Que, en estos autos ejecutivos Rol N 30616-2018, comparece don° LUIS FELIPE OLAVARRIA ADVIS, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencionaló de FORUM SERVICIOS
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