MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTIAN ESTEBAN OLGUÍN FLORES
Rol
O-49-2023
Fecha
8 de mayo de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación fueron los siguientes: “El día 19 de mayo del 2022 en horas de la mañana los imputados ingresaron CRISTIAN ESTEBAN OLGUIN FLORES y JONATHAN JOSE VALENZUELA TELLO y un tercer sujeto, no identificado, previamente concertados ingresaron al local comercial de nombre de fantasía “KRATER”, ubicado en Avda. Patricio Lynch N° 486, de la comuna de Arica, mediante escalamiento y forado en el techo de dicho local, para proceder a apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de 71 relojes de diversas marcas, NIXON, FOSIL, DIESEL, TOMMY, ADIDAS, VESTAL y KATE SPADE, además de unas zapatillas Champión, una mochila marca JORDAN, una polera marca RIPNDID y un notebook ACER color burdeo, todas las especies avaluadas en un total de 8.300.000 pesos“. Los hechos descritos son constitutivos a juicio de la Fiscalía, del delito consumado de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal en el que atribuye al acusado responsabilidad como autor, concurriendo la agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal. Finalmente solicita que se condene al acusado a la pena de 5 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena conforme a lo dispuesto por el artículo 443 en relación al 442 del Código Penal, más las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante la condena, el comiso de todas las especies incautadas, según lo dispone el artículo 31 del Código Penal, todo ello, con costas. Código: EWFVXFTENKD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Alegatos de apertura. Que en su alegato de apertura la Fiscal señaló que dedujo acusación en contra de dos imputados, uno de los cuales está condenado. por hechos del 19 de mayo de 2022, en el local comercial ubicado en Patricio Lynch 486 de nombre “Krater”, por cuanto tres
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, intervinientes y causa. Que con fecha 03 de mayo de 2023, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidida por la Jueza Interina Ana Paula Sepúlveda Burgos e integrada además por el Jueces Titulares don Jairo Abraham Martínez Cuadra y Óscar Huenchual Pizarro, se llevó a efecto audiencia de juicio oral con el fin de conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público en los antecedentes RUC N° 2200491832-4, RIT 49-2023, en contra del acusado CRISTIAN ESTEBAN OLGUIN FLORES, RUN 16.225.003-5, nacido en Arica el 15 de septiembre de 1985 37 años, soltero, sin oficio ni actividad, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal en patricio Lynch 782, Arica; representado por la Defensora Penal Público Cintia Cartagena Martínez. Sostuvo la acusación la Fiscal Adjunta del Ministerio Público doña Paulina Brito Doerr. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que, según se lee en el auto de apertura, los hechos de la acusación fueron los siguientes: “El día 19 de mayo del 2022 en horas de la mañana los imputados ingresaron CRISTIAN ESTEBAN OLGUIN FLORES y JONATHAN JOSE VALENZUELA TELLO y un tercer sujeto, no identificado, previamente concertados ingresaron al local comercial de nombre de fantasía “KRATER”, ubicado en Avda. Patricio Lynch N° 486, de la comuna de Arica, mediante escalamiento y forado en el techo de dicho local, para proceder a apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de 71 relojes de diversas marcas, NIXON, FOSIL, DIESEL, TOMMY, ADIDAS, VESTAL y KATE SPADE, además de unas zapatillas Champión, una mochila marca JORDAN, una polera marca RIPNDID y un notebook ACER color burdeo, todas las especies avaluadas en un total de 8.300.000 pesos“. Los hechos descritos son constitutivos a juicio de la Fiscalía, del delito consumado de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal en el que atribuye al acusado responsabilidad como autor, concurriendo la agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal. Finalmente solicita que se condene al acusado a la pena de 5 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena conforme a lo dispuesto por el artículo 443 en relación al 442 del Código Penal, más las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante la condena, el comiso de todas las especies incautadas, según lo dispone el artículo 31 del Código Penal, todo ello, con costas. Código: EWFVXFTENKD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Alegatos de apertura. Que en su alegato de apertura la Fiscal señaló que dedujo acusación en contra de dos imputados, uno de los cuales está condenado. por hechos del 19 de mayo de 2022, en el local comercial ubicado en Patricio Lynch 486 de nombre “Kr
Fallo
se acuerda como andaban vestidos. A la otra persona lo conoció nomás, estuvo con el detenido en la prisión preventiva, tenía su cojera, “cara de tele”. Posterior a que uno baja del techo los quería dejar y una persona que bajó le pegó en el parabrisas porque no le quería hacer la carrera, por ese motivo le pega al lado de copiloto en la parte de atrás, no sabe con qué, pero no lo rompió y se va esa persona y se queda la otra persona con él nomás. No quiso hacer la carrera porque no sabía qué era, le dijeron que era para otra cosa y venían bajando de un robo y él llevaba casi tres años sin meterse en nada. Venían bajando del techo era obvio que era un robo tenían una mochila blanca y otra azul. Las personas que se quedan con él, le dicen si los podía dejar en “tal parte” y lo deja en el parque Colon. No venía hace 20 años a Arica, no se acuerda de las calles pero lo dejó por la calle colón. Le dieron 7 relojes por llevarlos y una mochila blanca y eso lo entregó a Policía de investigaciones. Los relojes estaban adentro de la mochila. Al otro día estaba paseando como si nada, no pensaba que lo iban a detener; estaba en calle Baquedano con 18 y una camioneta, fue a dejar a la persona que estuvieron con él y venían persiguiéndolo; el dueño del local y carabineros los detuvo en Vicuña Mackenna con Chacabuco en la intersección y le dijeron que venían por la tienda “Krater” revisaron el auto y no había nada, llega investigaciones y le dijeron que venían por la tienda y estaba vend
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTIAN ESTEBAN OLGUÍN FLORES. RUC: 2200491832-4 RIT: 49-2023. Delito: Robo en lugar no habitado. Arica, ocho de mayo de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, intervinientes y causa. Que con fecha 03 de mayo de 2023, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidida por la Jueza Interina Ana
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