JAIME ANDRÉS FUENTES ARÉVALO C/ PAULINA JOCELYN GRANADA CORROTEA
Rol
O-2292-2021
Fecha
8 de mayo de 2023
Materia
INJURIAS Y CALUMNIAS POR MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Tribunal de Garantía, el señor querellante Wladimir Pizarro interpuso requerimiento de acción privada en contra de PAULINA JOCELYN GRANADA CORROTEA, chilena, labores, cédula nacional de identidad número 16.230.547-6, con domicilio en El Olivillo, número 1506, condominio Rincón del Sol, Peñablanca, comuna de Villa Alemana, representada por el defensor penal privado Juan Francisco Zegers, basado en los siguientes hechos que se transcriben textualmente: HECHO: 1.- Que me desempeño actualmente como profesor de educación física para la educación general básica, teniendo a la fecha el grado de Licenciado en Educación, iniciando con posterioridad a mi titulación un proceso de perfeccionamiento académico, producto de lo cual me gradué como Diplomado en Gestión para la Actividad Física y Deportiva y actualmente postulo como candidato a Magíster en Gestión para la Actividad Física y Deportiva en la Universidad Andrés Bello. 2.- Con el objeto de que V.S. pueda contextualizar la gravedad de las expresiones que constituyen el objeto de la presente querella, hago presente que durante mi trayectoria profesional he recibido diversos reconocimientos académicos que son una consecuencia de mis competencias profesionales, mi vocación por educar y la responsabilidad con que he asumido el trabajo docente por largos años. Entre estos reconocimientos cabe mencionar el reconocimiento a la trayectoria, premio que me fue otorgado al cumplir 20 años como educador del Colegio Nacional de Limache. A lo anterior se añade una serie de reconocimientos como profesor y fundador de la academia de Mountainbike del colegio Altomonte, obteniendo en dicha calidad el premio al equipo campeón de Mountainbike Copa Alpes; premio Mountainbike Escolar Soprole; premio al equipo con mejor proyección en el deporte Mountainbike año 2018; Profesor del Equipo Campeón Nacional Escolar Mountainbike xco año 2019 y Profesor del Equipo Campeón Nacional Escolar Mountain
Fundamentos
Considerando los antecedentes y evaluación realizada, es posible concluir que Antonella presenta conflicto a nivel emocional se aprecia una tendencia a la emotividad, con sentimientos de inseguridad y retraimiento al percibir el contexto escolar como amenazante, respecto a su mundo interno la niña socialmente muestra temor y timidez ante el contacto con este ambiente no Código: XDNXXFWXDJD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl seguro para ella en lo relacional con su grupo de pares, relaciones interpersonales poco saludables. Desde el relato de Antonella y sus padres, se observa que el establecimiento no ha abordado el tema como ellos hubiesen preferido, no se han tomado medidas desde el conflicto con su par ni con el docente involucrado, de esta forma se ha seguido vulnerando y victimizando a la niña, situación que aún no ha sido evaluada por un profesional del establecimiento. 4.- El pantallazo del grupo WhatsApp de 32 participantes. 5.- Conversaciones del grupo WhatsApp 3° básico. SEPTIMO: Que en primer lugar resulta importante establecer quien es el querellante el testigo Oscar Aravena Villarroel: rector Altomonte, dio cuenta que el señor Jaime Fuentes es profesor del colegio Altomonte. La testigo Paola Carolina Espejo Auba: profesora educación física vicerrectora universidad las Américas, dijo: “conozco muchos años al profesor, estuvo a mi cargo como profesor en Duoc UC entre los años 2006 al 2018. Alrededor 2008 lo incorpore a mi equipo de profesores de la planta.” Doña Karin Elina Contreras Pimentel. Educadora diferencial, señaló ser apoderado colegio Altomonte y que conoce al profesor “nunca ha tenido reclamos de este profesor, él esta desde que el colegio desde el inicio, soy apoderada desde que mi hija estaba en 1° básico y ahora está en 3° medio, lo conozco por más 10 años, no ha habido otras acusaciones contra él.” Se acompañó además como prueba documental, el certificado de titulo que da cuenta que Jaime Fuentes Arevalo se titulo con distinción de la carrera de educación física en año 1994. Se acompañó carta de honorabilidad Villa Alemana, 26 de agosto de 2021 (Por medio de la presente certifico conocer al Sr. Jaime Fuentes Arévalo desde el año 2012 cuando se incorporó al equipo de docentes del Colegio Altomonte de Villa Alemana para aportarnos con su experiencia profesional en la asignatura de Educación Física y en las actividades extraprogramáticas de Mountain Bike (MTB), academia que formó, potenció y con la cual obtuvo la condición de Campeones Nacionales Escolares en el año 2019. Nuestro interés en el perfil profesional del Sr. Fuentes Arévalo provenía del conocimiento previo que teníamos de él dada su trayectoria en el Colegio Nacional de Villa Alemana y Limache. don Jaime Fuentes, ha tenido un desempeño ejemplar lo que se ha materializado en formar la rama de MTB, motivando tanto a los padres, apoderados y alumnos a la participación y apoyo a sus hijos en es
Fallo
por lo expuesto solicitó condenar a la querellada doña PAULINA GRANADA CORROTEA, a la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo y una multa ascendente a 10 Unidades Tributarias Mensuales, como autora del delito de calumnias y, a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio y una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, como autora del delito de injurias graves con publicidad, imponiéndole el cumplimiento de las penas principales, accesorias y la condena al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que en su oportunidad se procedió a la lectura del requerimiento, y habiéndose hecho las advertencias legales, se le preguntó a la imputada si admitía responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento o si, por el contrario, solicitaría la realización del juicio oral simplificado y este respondió que no admitía responsabilidad en los hechos, por ello se preparó el juicio y se fijó audiencia de juicio, el cual se celebró el día tres del presente mes. TERCERO: Que los alegatos de apertura se indicó lo siguiente: La parte Querellante señaló que se podrá acreditar la existencia del delito de que fue víctima el profesor, la querellada sin justificación eligió un medio masivo y deshonro al imputar delitos a un profesor con 20 años de trayectoria, lo individualizo con nombre y apellido, ella eligió hablar de agresiones, de maltrato, de abuso y vulneración derechos, y con la prueba que se rendirá, solicita la condena por delitos injurias y calumnias con e
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Villa Alemana, ocho de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Tribunal de Garantía, el señor querellante Wladimir Pizarro interpuso requerimiento de acción privada en contra de PAULINA JOCELYN GRANADA CORROTEA, chilena, labores, cédula nacional de identidad número 16.230.547-6, con domicilio en El Olivillo, número 1506, condominio Rincón del Sol, Peñablanc
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